DECRETO Nº 25/987.-

 

ARTICULO 1º).- Concédase la anuencia correspondiente a la Intendencia Municipal, para firmar un contrato de Préstamo con el Banco Hipotecario del Uruguay, por la cantidad de hasta U.R. 155.880 (ciento cincuenta y cinco mil ochocientos ochenta unidades reajustables) destinado a la construcción de 104 viviendas Categoría I, las que serán construídas, en la 1ª. Sección Judicial de nuestro Departamento, en el Padrón Nº 4265.-

 

ARTICULO 2º).- La Intendencia Municipal deberá tener en cuenta par ala próxima Ampliación Presupuestal el Calendario de Inversiones a que se refiere el Artículo 3º del Contrato, especificando el monto correspondiente a cada mes, así como la forma de aportación de los recursos a cargo de esa (Artículo 2º del convenio de construcción adjunto) tal como lo establece el informe del Tribunal de Cuentas de la república, Of. Nº 5496/87.-

 

ARTICULO 3º).- Pase a la Intendencia Municipal a sus efectos, comuníquese, etc.-

 

SALA DE SESIONES DE LA JUTNA DEPARTAMENTAL A LOS OCHO DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE.-

 

ANSELMO V. MACEDO                            OSCAR GADEA

    SECRETARIO                                        PRESIDENTE

 

NOTA: Este decreto fue aprobado pro 26 votos en 27 presentes.-