DECRETO Nº 25/987.-
ARTICULO 1º).- Concédase
la anuencia correspondiente a la Intendencia Municipal, para firmar un contrato
de Préstamo con el Banco Hipotecario del Uruguay, por la cantidad de hasta U.R.
155.880 (ciento cincuenta y cinco mil ochocientos ochenta unidades reajustables)
destinado a la construcción de 104 viviendas Categoría I, las que serán construídas,
en la 1ª. Sección Judicial de nuestro Departamento, en el Padrón Nº 4265.-
ARTICULO 2º).- La
Intendencia Municipal deberá tener en cuenta par ala próxima Ampliación
Presupuestal el Calendario de Inversiones a que se refiere el Artículo 3º del
Contrato, especificando el monto correspondiente a cada mes, así como la forma
de aportación de los recursos a cargo de esa (Artículo 2º del convenio de
construcción adjunto) tal como lo establece el informe del Tribunal de Cuentas
de la república, Of. Nº 5496/87.-
ARTICULO 3º).- Pase a
la Intendencia Municipal a sus efectos, comuníquese, etc.-
SALA DE SESIONES DE LA
JUTNA DEPARTAMENTAL A LOS OCHO DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS
OCHENTA Y SIETE.-
ANSELMO V. MACEDO OSCAR GADEA
SECRETARIO
PRESIDENTE
NOTA: Este decreto fue
aprobado pro 26 votos en 27 presentes.-