DECRETO Nº 22/987.
ARTICULO 1º). Modificase el Artículo 3º del Decreto Nº 20/987 de fecha
27 de octubre de 1987, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Si por
expresa resolución del Cuerpo, el funcionario que se designa por el presente
Decreto quedara cesante, pasará a ocupar el cargo que tiene asignado en el
Presupuesto de esta Junta; el que permanecerá vacante a esos efectos”.
ARTICULO 2º). Modificase el Artículo 4º del Decreto Nº 20/987, el que
quedará redactado de la siguiente manera: “El funcionario que se designa por el
presente Decreto percibirá la remuneración y beneficios que están fijados en el
Presupuesto del Cuerpo para ese cargo”.
ARTICULO 3º). Cúmplase, insértese, notifíquese ,etc.
SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL
MES DE NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE.
OSCAR GADEA
PRESIDENTE
ANSELMO MACEDO
SECRETARIO