DECRETO  Nº 02/987.

 

 

VISTO: El Of. Nº 777/986 de la Intendencia Municipal por el cual solicita la modificación del Artículo Nº 89 de la Ordenanza de Tránsito, que prohíbe la circulación de cortejos fúnebres por varias vías de tránsito de nuestra ciudad.

 

CONSIDERANDO: Que en el mensaje remitido se  solicita se exceptúe de dicha norma a la calle Manuel Meléndez.

 

LA JUNTA DEPARTAMENTAL

 

DECRETA:

 

ARTICULO 1º). Modificase el Artículo Nº 89 de la Ordenanza de Tránsito de Treinta y Tres en el sentido que a partir de la promulgación del presente Decreto, queda autorizado el tránsito de cortejos fúnebres por la calle Manuel Meléndez de nuestra ciudad en toda su extensión.

 

ARTICULO 2º). Pase a la Intendencia Municipal a sus efectos; comuníquese, publíquese, insértese, etc.

 

SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE MARZO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE.

Nota: Este Decreto fue aprobado por 25 votos en 25 presentes.

 

 

                                                                           OSCAR GADEA

                                                                            PRESIDENTE

 

LUIS B. RAMOS

SECRETARIOfO