DECRETO Nº 02/987.
VISTO: El Of. Nº 777/986 de la Intendencia Municipal por el cual
solicita la modificación del Artículo Nº 89 de la Ordenanza de Tránsito, que
prohíbe la circulación de cortejos fúnebres por varias vías de tránsito de
nuestra ciudad.
CONSIDERANDO: Que en el mensaje remitido se solicita se exceptúe de dicha norma a la
calle Manuel Meléndez.
LA JUNTA DEPARTAMENTAL
DECRETA:
ARTICULO 1º). Modificase el Artículo Nº 89 de la Ordenanza de Tránsito
de Treinta y Tres en el sentido que a partir de la promulgación del presente
Decreto, queda autorizado el tránsito de cortejos fúnebres por la calle Manuel
Meléndez de nuestra ciudad en toda su extensión.
ARTICULO 2º). Pase a la Intendencia Municipal a sus efectos;
comuníquese, publíquese, insértese, etc.
SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE
MARZO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE.
Nota: Este Decreto fue aprobado por 25 votos en 25 presentes.
OSCAR GADEA
PRESIDENTE
LUIS B. RAMOS
SECRETARIO