DECRETO Nº 34/988.
ARTICULO 1º). El uso del Monumento a los Treinta y Tres Orientales como
tribuna en cualquier acto público, que se realice en la Plaza 19 de Abril, será
autorizado por la Intendencia Municipal, ajustado en un todo a la
Reglamentación que se dicte.
ARTICULO 2º).Los interesados deberán presentarse por escrito con una
anticipación mínima de 72 horas, y expresando fecha y hora del acto, duración
aproximada y naturaleza del mismo.
ARTICULO 3º). Queda expresamente prohibido la
colocación de banderas, a excepción de los Pabellones Patrios, equipos de
amplificación de iluminación y/o cualquier objeto de cualquier naturaleza sobre
la parte destinada a guardar los restos del Patricio Juan Rosas.
ARTICULO 4º). La violación a lo preceptuado en el Artículo anterior,
dará motivo a la suspensión inmediata del acto por parte de las autoridades
municipales, quienes podrán recurrir al auxilio de la fuerza pública si fuere
necesario.
ARTICULO 5º). Pase a la Intendencia Municipal a sus efectos;
comuníquese, publíquese, insértese, etc.
SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL A LOS VEINTITRES DIAS DEL
MES DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO.
Nota: Este Decreto fue aprobado por 24 votos.
OSCAR GADEA
PRESIDENTE
NILO PEREZ GANZALEZ
PRO-SECRETARIO