DECRETO  Nº 34/988.

 

 

ARTICULO 1º). El uso del Monumento a los Treinta y Tres Orientales como tribuna en cualquier acto público, que se realice en la Plaza 19 de Abril, será autorizado por la Intendencia Municipal, ajustado en un todo a la Reglamentación que se dicte.

 

ARTICULO 2º).Los interesados deberán presentarse por escrito con una anticipación mínima de 72 horas, y expresando fecha y hora del acto, duración aproximada y naturaleza del mismo.

 

ARTICULO 3º). Queda expresamente prohibido la colocación de banderas, a excepción de los Pabellones Patrios, equipos de amplificación de iluminación y/o cualquier objeto de cualquier naturaleza sobre la parte destinada a guardar los restos del Patricio Juan Rosas.

 

ARTICULO 4º). La violación a lo preceptuado en el Artículo anterior, dará motivo a la suspensión inmediata del acto por parte de las autoridades municipales, quienes podrán recurrir al auxilio de la fuerza pública si fuere necesario.

 

ARTICULO 5º). Pase a la Intendencia Municipal a sus efectos; comuníquese, publíquese, insértese, etc.

 

SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO.

Nota: Este Decreto fue aprobado por 24 votos.

 

 

                                                                          OSCAR GADEA

                                                                          PRESIDENTE

 

NILO PEREZ GANZALEZ

  PRO-SECRETARIO