DECRETO Nº 8/989
ARTICULO 1°).- Concédese
anuencia a la Intendencia Municipal para suscribir la Escritura Pública de Transacción que se
proyectó con la Sra. Rosana María Barreto y sus hijos menores.-
ARTICULO
2°).- Sugiérese las siguientes modificaciones al proyecto de transacción:
a)
En la cláusula 2da. Lit. a)
se elimina la ultima frase que dice “cuando se firmen igual”.
b)
En el Literal c) de la misma cláusula se modifica en el
siguiente sentido... “que serán” abonados dentro de los diez (10) días hábiles
siguientes a la concesión de la anuencia correspondiente por la Junta
Departamental.-
c)
En la cláusula 5ta. debe decir “la falta de cumplimiento” y
agregar “ a todas y cada una”.-
d)
En la misma cláusula el monto de la pena será el
“equivalente a quince (15) veces el importe percibido” por todo concepto por la
beneficiada o sus hijos, en los últimos doce meses pagados por la Intendencia
Mpal. de acuerdo al presente convenio”.-
e)
En el numeral 2do. Lit. b) donde dice “dichos beneficios
percibirán el ajuste similar” deberá decir “igual”.-
f)
Modificar la cláusula
4ta. que quedará redactada de la
siguiente forma: “las prestaciones acordadas por la cláusula 2da., literales a)
y b) comenzará a regir desde el 1° de febrero de 1989.-
g)
Los actuales cuarto, quinto y sexto serán en consecuencia
numeral 5to, 6to y 7mo.
ARTICULO
3°).- Para el caso de que el Ejecutivo Comunal acceda a modificar la redacción
del proyecto de Transacción según lo propuesto en el Artículo 2° de este
decreto, la anuencia acordada también alcanza al texto que surge de la nueva
redacción.
ARTICULO 4°).- Pase a la Intendencia Mpal. a sus efectos, comuníquese,
insértese, etc.-
SALA DE SESIONES DE LA JUNTA
DEPARTAMENTAL A LOS DIECISÉIS DÍAS DEL MES DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y
NUEVE.-
OSCAR GADEA
ANSELMO V. MACEDO
Presidente
Secretario