DECRETO Nº 11/990

 

 

ARTÍCULO 1º). Modifícanse los Artículos 4º y 5º del Decreto 20/988 de fecha 26/11/88, los que quedarán redactados de la siguiente manera:

 

ARTÍCULO 2º). Fíjase el sueldo del Secretario General de la Junta Dptal. en N$ 538.000.00 (nuevos pesos quinientos treinta y ocho mil), el que se incrementará en cada oportunidad e igual porcentaje en que el Poder Ejecutivo en cada oportunidad e igual porcentaje en que el Poder Ejecutivo determine los aumentos para los funcionarios públicos.-

 

ARTÍCULO 3º) Fíjase el sueldo de Secretario de Bancada de la Junta Dptal. en N$ 328.000.00 (nuevos pesos trescientos veintiocho mil) cada uno, los que se incrementarán en cada oportunidad e igual porcentaje en que el Poder Ejecutivo determine los aumentos para los funcionarios públicos.-

 

ARTÍCULO 4º). Insértese, cúmplase, etc.

 

SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL A LOS OCHO DIAS DEL MES DE MARZO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA.

NOTA: Este decreto fue aprobado por 28 votos.-

 

        NILO B. PEREZ                                     WALTER CAMPANELLA

         Srio. Ad_ HOc.                                                   Presidente