DECRETO Nº 11/990
ARTÍCULO 1º). Modifícanse
los Artículos 4º y 5º del Decreto 20/988 de fecha 26/11/88, los que quedarán
redactados de la siguiente manera:
ARTÍCULO 2º). Fíjase
el sueldo del Secretario General de la Junta Dptal. en N$ 538.000.00 (nuevos
pesos quinientos treinta y ocho mil), el que se incrementará en cada
oportunidad e igual porcentaje en que el Poder Ejecutivo en cada oportunidad e
igual porcentaje en que el Poder Ejecutivo determine los aumentos para los
funcionarios públicos.-
ARTÍCULO 3º) Fíjase el
sueldo de Secretario de Bancada de la Junta Dptal. en N$ 328.000.00 (nuevos
pesos trescientos veintiocho mil) cada uno, los que se incrementarán en cada
oportunidad e igual porcentaje en que el Poder Ejecutivo determine los aumentos
para los funcionarios públicos.-
ARTÍCULO 4º). Insértese,
cúmplase, etc.
SALA DE SESIONES DE LA
JUNTA DEPARTAMENTAL A LOS OCHO DIAS DEL MES DE MARZO DE MIL NOVECIENTOS
NOVENTA.
NOTA: Este decreto fue
aprobado por 28 votos.-
NILO B. PEREZ WALTER
CAMPANELLA
Srio. Ad_ HOc. Presidente