DECRETO Nº 33/991
ARTÍCULO 1º). Derógase el artículo 27º del decreto Nº 34/986, el que
será sustituido según lo establecido en el artículo 2º del presente decreto.-
ARTÍCULO 2º). Desígnase zona
especial la acera Sur de la calle Santiago Gadea, entre Simón del Pino y Manuel
Oribe y la acera Este de la calle Manuel Oribe, entre Santiago Gadea y Atanasio
Sierra. En las mismas se podrán instalar tantos puestos como lo permita el
espacio y de acuerdo a lo que establece
el decreto Nº 34/986. Para tener derecho a la permanencia del puesto que se
otorgue, deberá ser atendido 10 (diez) días en el mes, como mínimo, por el
autorizado.-
ARTÍCULO 3º). Pase a la Intendencia Municipal a sus efectos;
comuníquese, insértese, etc.
SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL A QUINCE DIAS DEL MES DE
AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO.
NOTA: Este decreto fue aprobado por 23 votos.
W. RODRÍGUEZ AVILA WALTER HUGO CAMPANELLA
Secretario Presidente