DECRETO Nº 33/991

 

ARTÍCULO 1º). Derógase el artículo 27º del decreto Nº 34/986, el que será sustituido según lo establecido en el artículo 2º del presente decreto.-

 

ARTÍCULO 2º).  Desígnase zona especial la acera Sur de la calle Santiago Gadea, entre Simón del Pino y Manuel Oribe y la acera Este de la calle Manuel Oribe, entre Santiago Gadea y Atanasio Sierra. En las mismas se podrán instalar tantos puestos como lo permita el espacio y  de acuerdo a lo que establece el decreto Nº 34/986. Para tener derecho a la permanencia del puesto que se otorgue, deberá ser atendido 10 (diez) días en el mes, como mínimo, por el autorizado.-

 

ARTÍCULO 3º). Pase a la Intendencia Municipal a sus efectos; comuníquese, insértese, etc.

 

SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL A QUINCE DIAS DEL MES DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO.

NOTA: Este decreto fue aprobado por 23 votos.

 

W. RODRÍGUEZ AVILA                            WALTER HUGO CAMPANELLA

          Secretario                                                                        Presidente