DECRETO Nº 15/992.

 

 

VISTO: el ofrecimiento de donación por parte del Sr. Orosmán Quinela, del predio  Padrón Nº 9057.

 

CONSIDERANDO: que el mismo se realiza con  destino a la construcción de un  Centro de Barrio.

 

CONSIDERANDO:  Los informes favorables del Sr. Director Gral. De Servicios y del Director del Dpto. de Urbanismo y Obras de la Intendencia Municipal.

 

ATENTO: a la facultad que otorga la Ley 9.515, artículo 35, numeral 22; LA JUNTA DEPARTAMENTAL

 

DECRETA:

 

ARTICULO 1º). Concédese anuencia a la Intendencia Municipal  para aceptar la donación del predio padrón Nº 9057, propiedad del Sr. Orosmán Quinela.

 

ARTICULO 2º). El bien donado será destinado a la construcción de un Centro de Barrio, como lo establece la documentación adjunta.

 

ARTICULO 3º). Los gastos de escrituración, etc., serán de cargo del Ejecutivo Comunal.

 

ARTICULO 4º). Pase a la Intendencia Municipal, a sus efectos; comuníquese, insértese; etc.

 

SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL A LOS VEINTE DÍAS DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS.

Nota: este decreto fue aprobado por 23 votos.

 

 

W. RODRÍGUEZ AVILA                                                       WALTER CAMPANELLA

        Secretario                                                                          Presidente