DECRETO Nº 15/992.
VISTO: el ofrecimiento de donación por parte del Sr. Orosmán
Quinela, del predio
Padrón Nº 9057.
CONSIDERANDO: que el mismo se realiza con destino a la construcción de un Centro de Barrio.
CONSIDERANDO:
Los informes favorables del Sr. Director Gral. De Servicios y del
Director del Dpto. de Urbanismo y Obras de la Intendencia Municipal.
ATENTO: a la facultad que otorga la Ley 9.515, artículo 35, numeral 22;
LA JUNTA DEPARTAMENTAL
DECRETA:
ARTICULO 1º). Concédese anuencia a la Intendencia
Municipal para aceptar la donación del
predio padrón Nº 9057, propiedad del Sr. Orosmán Quinela.
ARTICULO 2º). El bien donado será destinado a la construcción de un
Centro de Barrio, como lo establece la documentación adjunta.
ARTICULO 3º). Los gastos de escrituración, etc., serán de cargo del
Ejecutivo Comunal.
ARTICULO 4º). Pase a la Intendencia Municipal, a sus efectos;
comuníquese, insértese; etc.
SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL A LOS VEINTE DÍAS DE AGOSTO
DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS.
Nota: este decreto fue aprobado por 23 votos.
W. RODRÍGUEZ AVILA
WALTER CAMPANELLA
Secretario
Presidente