DECRETO Nº 16/992.
VISTO: La solicitud del Ministerio de Transporte y Obras Públicas
referente al usufructo de una franja de terreno del Parque Colón, de 496 m2,
ubicado en el sector sudoeste de dicho predio.
CONSIDERANDO : La
trascendencia de que dicho Ministerio cuente con un asentamiento físico en la
zona, para contar con oficinas y depósitos de materiales.
CONSIDERANDO : Que de acuerdo a lo que establece el Proyecto de
Contrato, el comodato se otorga por un plazo de 25 años y que las mejoras y
construcciones que se realicen quedarán en beneficio de la propiedad, sin
obligación de pagar indemnización alguna por parte del Municipio.
ATENTO: a la solicitud de anuencia
realizada por el Ejecutivo Comunal según oficio Nº 168/92 y de acuerdo a
lo que establece la Constitución de la República en su Art. 273, Inc. 10, Ley 9.515, artículo 19, Inc. 15 y Art. 20, LA
JUNTA DEPARTAMENTAL
DECRETA:
ARTICULO 1º). Concédese anuencia a la Intendencia Municipal para ceder en
usufructo al Ministerio de Transporte y Obras Públicas, una franja del predio
del Parque Colón, en el sector sudoeste, padrón Nº 3317 (parte), de conformidad
con el plano presentado.
ARTICULO 2º). El usufructo se concede por el término de 25 años y el predio
será destinado a oficinas, local para depósito y un módulo para alojamiento de
personal, según se conviene en los Arts. 2º y 3º del Proyecto de Contrato,
respectivamente.
ARTICULO 3º). Las mejoras y edificaciones que se realicen quedarán en
beneficio de la propiedad, sin obligación de pago alguno por parte de la
Intendencia Municipal.
ARTICULO 4º). Pase a la Intendencia Municipal, a sus efectos;
comuníquese; insértese, publíquese, etc.
SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL A LOS TRES DÍAS DEL MES DE
SETIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS.
Nota: este decreto fue aprobado por 21 votos.
W. RODRÍGUEZ
ÁVILA
WALTER CAMPANELLA
SECRETARIO PRESIDENTE