DECRETO  Nº 35/992.

 

 

VISTO: la solicitud de fraccionamiento del padrón Nº 8306, propiedad de Julio García Segovia y Zelmar Ferreira  Cuello.

 

RESULTANDO:  los informes producidos por los departamentos técnicos del Municipio.

 

CONSIDERANDO: el informe favorable emitido de la comisión asesora de Transporte y Obras Públicas.

 

ATENTO: a lo que establece la Ley 9.515, Art. 19, Inc. 15, y las leyes 10.723 y 10.786, LA JUNTA DEPARTAMENTAL

 

 

DECRETA:

 

 

ARTICULO 1º). Autorízase el fraccionamiento del padrón Nº 8306, de la manzana Nº 507, propiedad de Julio García Segovia y Zelmar Ferreira Cuello, ubicado en esta ciudad de conformidad con el plano presentado.

 

ARTICULO 2º). El presente fraccionamiento queda condicionado a la regulación del P de C. de las edificaciones existentes, previa inscripción de planos.

 

ARTICULO3º). Pase a la Intendencia Municipal a sus efectos; comuníquese, insértese, etc.

SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS.

Nota: Este decreto contó con 24 votos en 25 presentes.-

 

 

                  W. RODRÍGUEZ ÁVILA                              WALTER H. CAMPANELLA

                       SECRETARIO                                                 PRESIDENTE