DECRETO Nº 35/992.
VISTO: la solicitud de fraccionamiento del padrón Nº 8306, propiedad de
Julio García Segovia y Zelmar Ferreira
Cuello.
RESULTANDO: los informes
producidos por los departamentos técnicos del Municipio.
CONSIDERANDO: el informe favorable emitido de la comisión asesora de
Transporte y Obras Públicas.
ATENTO: a lo que establece la Ley 9.515, Art. 19, Inc. 15, y las leyes
10.723 y 10.786, LA JUNTA DEPARTAMENTAL
DECRETA:
ARTICULO 1º). Autorízase el fraccionamiento del padrón Nº 8306, de la
manzana Nº 507, propiedad de Julio García Segovia y Zelmar Ferreira Cuello,
ubicado en esta ciudad de conformidad con el plano presentado.
ARTICULO 2º). El presente fraccionamiento queda condicionado a la
regulación del P de C. de las edificaciones existentes, previa inscripción de
planos.
ARTICULO3º). Pase a la Intendencia Municipal a sus efectos; comuníquese,
insértese, etc.
SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES
DE NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS.
Nota: Este decreto contó con 24 votos en 25 presentes.-
W. RODRÍGUEZ
ÁVILA
WALTER H. CAMPANELLA
SECRETARIO PRESIDENTE