DECRETO   N°9/994

 

 

VISTO: La solicitud de fraccionamiento del Padrón N° 3.683 de esta ciudad en 34 solares, presentada por Oscar Betancor.-

 

RESULTANDO: Que de os informe producidos por los departamentos técnicos del Municipio no surgen observaciones de  importancia.-

 

CONSIDERANDO: El informe favorable de la comisión asesora de Transporte y Obras Públicas.-

 

ATENTO a lo que establece la Ley 9515, Art. 19, Inc. 15 y las Leyes 10.723 y 10786, la Junta Departamental

 

DECRETA:

 

ARTICULO 1°).- Autorízase el fraccionamiento del padrón N° 3.683 de esta ciudad, propiedad de sucesores de Natividad Betancor, de conformidad con el plano presentado.-

 

ARTICULO 2°).-  El presente fraccionamiento queda condicionado a que, en caso de solicitarse permiso para edificar, deberán ser nivelados los solares proyectados N°s 26 y 27 sobre la altura máxima del alcance del agua, lo cual deberá constar en el plano correspondiente.-

 

ARTICULO 3°).- Pase  a la Intendencia Mpal. a sus efectos; comuníquese, insértese, publíquese, etc.-

 

SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE TREINTA Y TRES A LOS DIECINUEVE DÍAS DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO.-

NOTA: Este decreto fue aprobado por 18 votos.-

 

 W. RODRÍGUEZ AVILA                                       WALTER H. CAMPANELLA

        SECRETARIO                                                        PRESIDENTE