DECRETO N°9/994
VISTO: La solicitud de
fraccionamiento del Padrón N° 3.683 de esta ciudad en 34 solares, presentada
por Oscar Betancor.-
RESULTANDO: Que de os informe
producidos por los departamentos técnicos del Municipio no surgen observaciones
de importancia.-
CONSIDERANDO: El informe favorable
de la comisión asesora de Transporte y Obras Públicas.-
ATENTO a lo que establece la Ley
9515, Art. 19, Inc. 15 y las Leyes 10.723 y 10786, la Junta Departamental
DECRETA:
ARTICULO 1°).- Autorízase el fraccionamiento
del padrón N° 3.683 de esta ciudad, propiedad de sucesores de Natividad
Betancor, de conformidad con el plano presentado.-
ARTICULO 2°).- El presente fraccionamiento queda
condicionado a que, en caso de solicitarse permiso para edificar, deberán ser
nivelados los solares proyectados N°s 26 y 27 sobre la altura máxima del
alcance del agua, lo cual deberá constar en el plano correspondiente.-
ARTICULO 3°).- Pase a la Intendencia Mpal. a
sus efectos; comuníquese, insértese, publíquese, etc.-
SALA DE SESIONES DE LA JUNTA
DEPARTAMENTAL DE TREINTA Y TRES A LOS DIECINUEVE DÍAS DE MAYO DE MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO.-
NOTA: Este decreto fue aprobado por
18 votos.-
W. RODRÍGUEZ AVILA WALTER
H. CAMPANELLA
SECRETARIO
PRESIDENTE