DECRETO Nº 17/1994
VISTO: La solicitud de fraccionamiento del Padrón Nº 1280, manzana 108
de esta ciudad en dos solares, presentada por Teofilo Cesar Iguiní.-
RESULTANDO: Que de los informes producidos por los departamentos
técnicos de la Intendencia no surgen observaciones de importancia.-
CONSIDERANDO 1) Que dicha solicitud ingresó a la Intendencia Municipal
antes de la entrada en vigencia de la norma dictada por decreto Nº 06/94 del
04/05/94.-
CONSIDERANDO 2) El informe favorable de la Comisión Asesora de
Transporte y Obras Públicas.-
ATENTO a lo que establece la ley 9.5l5, Art. 19 inc. 15 y las leyes
10.723 y 10.786, la Junta Departamental
DECRETA
ARTICULO 1º) Autorízase el fraccionamiento del Padrón Nº 1280, manzana
108 ubicado en la Primera Sección Judicial del Dpto., propiedad de Teofilo
Cesar Iguiní, de conformidad con el plano presentado.-
ARTICULO 2º) El presente fraccionamiento queda condicionado a que previa
inscripción de planos se regularice el permiso de construcción
correspondiente.-
ARTICULO 3º) Pase a la Intendencia Municipal a sus efectos, comuníquese, insértese, etc.-
SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL A LOS VEINTINUEVE DÍAS DE
JUNIO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO.-
Nota: este decreto fue aprobado por 17 votos.-
WALTER RODRÍGUEZ ÁVILA WALTER H.
CAMPANELLA
SECRETARIO
PRESIDENTE