DECRETO Nº 17/1994

 

 

VISTO: La solicitud de fraccionamiento del Padrón Nº 1280, manzana 108 de esta ciudad en dos solares, presentada por Teofilo Cesar Iguiní.-

 

RESULTANDO: Que de los informes producidos por los departamentos técnicos de la Intendencia no surgen observaciones de importancia.-

 

CONSIDERANDO 1) Que dicha solicitud ingresó a la Intendencia Municipal antes de la entrada en vigencia de la norma dictada por decreto Nº 06/94 del 04/05/94.-

 

CONSIDERANDO 2) El informe favorable de la Comisión Asesora de Transporte y Obras Públicas.-

 

ATENTO a lo que establece la ley 9.5l5, Art. 19 inc. 15 y las leyes 10.723 y 10.786, la Junta Departamental

 

DECRETA

 

ARTICULO 1º) Autorízase el fraccionamiento del Padrón Nº 1280, manzana 108 ubicado en la Primera Sección Judicial del Dpto., propiedad de Teofilo Cesar Iguiní, de conformidad con el plano presentado.-

 

ARTICULO 2º) El presente fraccionamiento queda condicionado a que previa inscripción de planos se regularice el permiso de construcción correspondiente.-

 

ARTICULO 3º) Pase a la Intendencia Municipal  a sus efectos, comuníquese, insértese, etc.-

 

SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL A LOS VEINTINUEVE DÍAS DE JUNIO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO.-

Nota: este decreto fue aprobado por 17 votos.-

 

WALTER RODRÍGUEZ ÁVILA                            WALTER H. CAMPANELLA

          SECRETARIO                                                               PRESIDENTE