DECRETO  Nº 17/995.

 

 

VISTO: El oficio Nº 162/95  de fecha 15 de junio de 1995 remitido por la Intendencia Municipal de Treinta y Tres mediante el cual solicita la anuencia correspondiente para donar al Circulo Policial de Treinta y Tres, 2 (dos) parcelas del cementerio de la localidad de Cerro Chato, estando las mismas señaladas con los números 63 y 64, con destino a la construcción de un panteón, urnario y capilla  para los funcionarios policiales en actividad o retiro y para familiares directos de los mismos.

 

CONSIDERANDO 1º). Que por decreto Nº 36/988 esta Junta Dptal. otorgó anuencia a la Intendencia Mpal. para donar al solicitante, con igual destino, la parcela identificada con el número 61, en aquel cementerio.

 

CONSIDERANDO 2º). Que por oficio 185/95 del 11/05/95, el Comisario de la Sexta Sección comunica a la Junta Local de Cerro Chato que la parcela Nº 61, en virtud del metraje de la misma es insuficiente para la construcción  que se propone y solicita la donación de las parcelas identificadas con los números 63 y 64 y, que de accederse a ello, en el mismo acto se devolvería la parcela   61.

 

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, la Junta Departamental, en sesión de HOY, aprobó el siguiente

 

DECRETO:

 

ARTICULO 1º). Concédase anuencia a la Intendencia Municipal para donar al Círculo Policial de Treinta y Tres las parcelas del Cementerio de Cerro Chato identificadas con los números 63 y 64 con destino a la construcción de un panteón, urnario y capilla para funcionarios policiales en actividad o retiro y para familiares directos de los mismos.

 

ARTICULO 2º). En el acto de escrituración de las parcelas indicadas en el artículo anterior, el Círculo Policial de Treinta y tres deberá devolver a la Intendencia Municipal la parcela identificada con el Nº 61 del Cementerio Mpal. de Cerro Chato que le fuera donada según anuencia de esta Junta otorgada por el decreto Nº  36/988.

 

ARTICULO 3º). Pase a la Intendencia Municipal a sus efectos; comuníquese; etc.

 

SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE TREINTA Y TRES A LOS VEINTISÉIS DÍAS DE JULIO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO.

Nota: este decreto fue aprobado por 23 votos.

 

       W. RODRÍGUEZ AVILA                                         JUAN CARLOS BRUN

            SECRETARIO                                                         PRESIDENTE