DECRETO Nº 26/995

 

 

VISTO: El oficio Nº 196/95 de la Intendencia Mpal. por el cual remite anteproyecto de ordenanza sobre transferencias de propiedad de vehículos automotores por parte de la Comuna.

CONSIDERANDO: El estudio y posterior informe proporcionado por la Comisión Asesora de este Cuerpo.

ATENTO: a las facultades que le confiere la Constitución y Ley Orgánica Mpal. respectivamente, la Junta Departamental, en sesión del día de la fecha,

 

                                   DECRETA:

 

ARTICULO 1º). Las personas  físicas o jurídicas que enajenen o hayan enajenado con anterioridad a la vigencia del presente decreto, vehículos automotores , podrán realizar la transferencia municipal de los mismos cuando no concurra el comprador, acreditando la enajenación por documento fehaciente a juicio de la Administración, presentando especialmente los siguientes certificados de los registros públicos, a saber: 1) De Actos Personales, por Secciones Interdicciones y Reivindicaciones Universales; 2) Del Registro Mobiliario (sección Prendas).

 

ARTICULO 2º). Efectuada la transferencia como lo indica el art. 1º, serán de cargo del comprador no compareciente los gastos de transferencia, así como de todo otro derecho y tributo que genere el uso del vehículo automotor de que se trate, a partir de la fecha de otorgamiento del documento que acredite la enajenación.

 

ARTICULO 3º). El vendedor, en el caso a que se refiere este decreto, no abonará por ningún concepto la transferencia y tributos derivados o que se tuviere afectado el vehículo, trasladándose la deuda al comprador de pleno derecho.

 

ARTICULO 4º). El presente decreto será aplicable por un plazo de sesenta (60) días a partir de la fecha de su promulgación.

 

ARTICULO 5º). Pase a la Intendencia Mpal.  a sus efectos; comuníquese, insértese, publíquese, etc.

SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE T. Y TRES A LOS VEINTIDOS DIAS DE NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO.

Nota: este decreto fue aprobado por 21 votos.

 

                        W. RODRIGUEZ AVILA            JUAN C. BRUN

                                 Secretario                                   Presidente