DECRETO N° 09/996

 

 

VISTO: el oficio  N° 97/96 del 17/04/96 remitido por la Intendencia Municipal.-

 

RESULTANDO: que a través del mismo, el Ejecutivo Dptal. promueve la iniciativa y solicita anuencia para conceder la condonación de deuda y exoneración de futuro del tributo de Contribución Inmobiliaria Urbana, por el padrón N° 710 de la Primera Sección Catastral, propiedad de la Asoc. Civil Club San Lorenzo de Fútbol.-

 

CONSIDERANDO: el informe de la comisión asesora de Hacienda y Presupuesto y los motivos expuestos en el mismo.-

 

ATENTO a lo expresado, LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE TREINTA Y TRES

 

DECRETA

 

ARTICULO 1°) Concédase anuencia a la Intendencia Mpal. para la condonación de la deuda que la Asociación Civil “Club San Lorenzo de Fútbol” ( Institución con Personería Jurídica acreditada en Exp. N° 2154/95) mantiene con este municipio por concepto de contribución inmobiliaria e Impuesto General Municipal, por el padrón N° 710 de la Primera Sección Catastral de este departamento.-

 

ARTICULO 2°) La condonación ampara los tributos que gravan a la propiedad urbana adeudados por la Institución al 31/12/95, y está condicionada a que el contribuyente regularice su situación contributiva por estos conceptos desde el 01/01/96 y se mantenga en situación regular hasta el 31/12/2000.-

 

ARTICULO 3°)  Por aplicación de lo indicado en el Art. 2°, “in fine”, interprétese denegada la anuencia  para la exoneración que la Intendencia solicita.-

 

ARTICULO 4°) Pase a la Intendencia Municipal a sus efectos; comuníquese, insértese, etc..

 

SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE TREINTA Y TRES A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS.-

Nota: este decreto contó con 30 votos.-

 

          W. RODRÍGUEZ ÁVILA                                                  Dr. DARDO SÁNCHEZ CAL

                Secretario                                                                                Presidente