DECRETO  N°02/996

 

 

VISTO: El oficio N° 318/95 de fecha 06/12/95, remitido por la Intendencia Mpal..-

 

RESULTANDO: que por el mismo se solicita anuencia para conceder al Sr. Neris Hugo Pereira Lacuesta la explotación de una línea de transporte de pasajeros entre Treinta y Tres – Santa Clara de Olimar – Valentines – Treinta y Tres, por el camino del medio.-

 

CONSIDERANDO: Los informes elaborados por las oficinas técnicas municipales al respecto.-

 

ATENTO: a las potestades que le confiere la Constitución de la república, Art. 273, Inc. 8° y la Ley 9515, Art. 19, Inc. 17 y 18, LA JUNTA DEPARTAMENTAL

DECRETA:

 

ARTICULO 1°) Concédese anuencia a la Intendencia Mpal. para otorgar la línea de transporte de pasajeros entre Treinta y Tres – Valentines – Treinta y Tres, por Ruta 19, y entre T y Tres –Santa Clara – Treinta y Tres por el camino del medio, al Sr. Neris Hugo Pereira Lacuesta, C.I. N° 3.240603-6, de conformidad con lo solicitado.-

 

ARTICULO 2°) Otorgase un plazo de  90  (noventa)    días al solicitante para presentar el vehículo que utilizará en dicha línea, el que será de su propiedad, para su inspección por técnicos de la Comuna,  como así también la documentación requerida conforme a las normas vigentes.-

 

ARTICULO 3°) Los horarios a cumplirse será fijados por la Intendencia Mpal. de común acuerdo con la empresa.-

 

ARTICULO 4°) El no cumplimiento de alguna de las normas establecidas al respecto faculta a la Intendencia Mpal. a revocar la concesión, sin  indemnización alguna.-

 

ARTICULO 5°) Pase a la Intendencia Mpal. a sus efectos; comuníquese, insértese, etc.-

SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL A LOS SEIS DÍAS DE MARZO DE MIL NOVECIENTOS Y  SEIS.-

Nota: este decreto contó con 26 votos.-

 

                                                                                   DR. DARDO SÁNCHEZ CAL

W. RODRÍGUEZ ÁVILA                                                        PRESIDENTE

     SECRETARIO