DECRETO Nº 27/1997

 

 

VISTO: el oficio 201/96 de 17/07/96 de la Intendencia Municipal por el cual solicita anuencia para la exoneración de contribución inmobiliaria, así como condonación y exoneración del Impuesto General Municipal a los padrones 580 y 581 de la primera sección catastral de Treinta y Tres, pertenecientes al Centro Democrático de T. y Tres.-

 

RESULTANDO: Que el Centro Democrático está exonerado del pago de Contribución Inmobiliaria, al amparo de lo previsto por el Art. 134 de la ley 12.802.-

 

CONSIDERANDO 1) Que el fin social que cumple la institución y su colaboración con diferentes expresiones culturales del medio, se entiende son méritos suficientes para conceder lo solicitado.-

 

CONSIDERANDO 2) Los informes de las oficinas técnicas municipales y de la Comisión de Hacienda y Presupuesto de esta junta;

 

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, LA JUNTA DEPARTAMENTAL

 

DECRETA

 

ARTICULO 1º) Concédese anuencia a la Intendencia Municipal para condonar la deuda que el Centro Democrático de T. y Tres pueda tener a la fecha por concepto de tasa e impuesto general municipal de los padrones de su propiedad Nros. 580 y 581.-

 

ARTICULO 2º) Concédase anuencia a la Intendencia Municipal para exonerar a la referida institución del pago del Impuesto General Municipal, del bien inmueble propiedad de la misma, padrones Nros. 580 y 581 de la Primera Sección de Treinta y Tres.-

 

ARTICULO 3º) Pase a la Intendencia Municipal a sus efectos, comuníquese, etc.-

 

SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL A LOS QUINCE DÍAS  DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.-

Nota: este decreto contó con 25 votos.-

 

W. RODRÍGUEZ ÁVILA                                                        RAQUEL ANCHETA

     Secretario                                                                             Presidente