DECRETO Nº 27/1997
VISTO: el oficio 201/96 de 17/07/96 de la Intendencia Municipal por el
cual solicita anuencia para la exoneración de contribución inmobiliaria, así
como condonación y exoneración del Impuesto General Municipal a los padrones
580 y 581 de la primera sección catastral de Treinta y Tres, pertenecientes al
Centro Democrático de T. y Tres.-
RESULTANDO: Que el Centro Democrático está exonerado del pago de
Contribución Inmobiliaria, al amparo de lo previsto por el Art. 134 de la ley
12.802.-
CONSIDERANDO 1) Que el fin social que cumple la institución y su
colaboración con diferentes expresiones culturales del medio, se entiende son
méritos suficientes para conceder lo solicitado.-
CONSIDERANDO 2) Los informes de las oficinas técnicas municipales y de
la Comisión de Hacienda y Presupuesto de esta junta;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, LA JUNTA DEPARTAMENTAL
DECRETA
ARTICULO 1º) Concédese anuencia a
la Intendencia Municipal para condonar la deuda que el Centro Democrático de T.
y Tres pueda tener a la fecha por concepto de tasa e impuesto general municipal
de los padrones de su propiedad Nros. 580 y 581.-
ARTICULO 2º) Concédase anuencia a
la Intendencia Municipal para exonerar a la referida institución del pago del
Impuesto General Municipal, del bien inmueble propiedad de la misma, padrones
Nros. 580 y 581 de la Primera Sección de Treinta y Tres.-
ARTICULO 3º) Pase a la Intendencia
Municipal a sus efectos, comuníquese, etc.-
SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL A LOS QUINCE DÍAS DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y
SIETE.-
Nota: este decreto contó con 25 votos.-
W. RODRÍGUEZ ÁVILA
RAQUEL ANCHETA
Secretario Presidente