DECRETO N° 35/997
VISTO: la iniciativa del edil Esc. Ruben Lucas en cuanto a modificar el
Art. Nº 62º del Decreto Nº 28/994 que regula la actividad de vehículos
destinados a taxis, remises y otros.-
CONSIDERANDO: que se hace necesario dotar a las empresas fúnebres de la
posibilidad de destinar al cumplimiento de sus servicios como remises, otro
tipo de vehículos además de los que
establece el Art. 41º del citado decreto.-
ATENTO: al informe favorable de la Comisión de Transporte y Obras
Públicas, LA JUNTA DEPARTAMENTAL
DECRETA
ARTICULO 1º) Modificase el artículo 62º del Decreto Nº 28/994 del
14.12.994, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Art. 62º).
Lo establecido en el artículo 41º y la
limitación del artículo 43º, ambos del Decreto 28/994, no regirán para las
empresas fúnebres instaladas en el Departamento”.-
ARTICULO 2º) Pase a la Intendencia Mpal. a sus
efectos; comuníquese, insértese, publíquese, etc.-
SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL A LOS DIECISIETE DÍAS DE
DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.-
Nota: este decreto fue aprobado por 27 votos.-
W. RODRÍGUEZ ÁVILA RAQUEL
ANCHETA
Secretario Presidente