DECRETO  35/997

 

 

VISTO: la iniciativa del edil Esc. Ruben Lucas en cuanto a modificar el Art. Nº 62º del Decreto Nº 28/994 que regula la actividad de vehículos destinados a taxis, remises y otros.-

 

CONSIDERANDO: que se hace necesario dotar a las empresas fúnebres de la posibilidad de destinar al cumplimiento de sus servicios como remises, otro tipo de vehículos además  de los que establece el Art. 41º del citado decreto.-

 

ATENTO: al informe favorable de la Comisión de Transporte y Obras Públicas, LA JUNTA DEPARTAMENTAL

 

DECRETA

 

ARTICULO 1º) Modificase el artículo 62º del Decreto Nº 28/994 del 14.12.994, el que quedará redactado de la siguiente manera:

                       “Art. 62º). Lo establecido en el  artículo 41º y la limitación del artículo 43º, ambos del Decreto 28/994, no regirán para las empresas fúnebres instaladas en el Departamento”.-

 

ARTICULO 2º) Pase a la Intendencia Mpal. a sus efectos; comuníquese, insértese, publíquese, etc.-

SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL A LOS DIECISIETE DÍAS DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.-

Nota: este decreto fue aprobado por 27 votos.-

 

  W. RODRÍGUEZ ÁVILA                                   RAQUEL ANCHETA

         Secretario                                                   Presidente