DECRETO  01/1998.

 

 

VISTO: El oficio Nº 41/98 del 03/03/98 de la Intendencia Municipal por el cual solicita anuencia de este Cuerpo para fijar topes máximos de  aumentos en los impuestos de Contribución Inmobiliaria de padrones urbanos y suburbanos e impuesto General Municipal;

 

RESULTANDO: Que se propone fijar dichos topes máximos en un 15%;

 

CONSIDERANDO: El informe favorable de la Comisión asesora de Hacienda y Presupuesto, de fecha 02.04.98.

 

ATENTO: a las facultades que le son inherentes, LA JUNTA DEPARTAMENTAL

 

DECRETA

 

ARTICULO 1ª). Establécese para el año 1998 un tope máximo del 15% de aumento a los padrones urbanos y suburbanos del departamento, para los impuestos de Contribución Inmobiliaria Urbana y Suburbana, y General Municipal.

 

ARTICULO 2ª). Teniendo en cuenta que este y los anteriores ajustes en los topes máximos de aumentos de Contribución Inmobiliaria de los padrones urbanos y suburbanos, alteran lo dispuesto por el Decreto Nº 25/995, generando un desequilibrio presupuestal, la Intendencia Mpal.  deberá presentar, en el presente año, la adecuación presupuestal que corrija esta situación.

 

ARTICULO 3ª). Pase a la Intendencia Municipal, a sus efectos; comuníquese, etc, etc.

 

SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL A LOS QUINCE DÍAS DEL ABRIL DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.

Nota: este decreto contó con 22 votos.

 

                                                                        LUIS A. RODRIGUEZ

              WALTER RODRIGUEZ                             Presidente

                    Secretario