DECRETO   Nº 30/998.

 

 

VISTO: el 213/98 de fecha 24.09.98, remitido por la Intendencia Municipal;

 

RESULTANDO : que por el mismo se solicita anuencia para exonerar del pago de Tributos Municipales a la finca Padrón Nº 1015 de esta ciudad;

 

CONSIDERANDO: que la misma se destinará al alojamiento de pacientes del interior del departamento que deban asistirse en el Centro Oncológico local y que no cuenten con otro medio de alojamiento.

 

ATENTO: al noble fin perseguido por los adquirentes del bien (Com. Ángel Hernández  “Lucha Contra el Cáncer”), y a las facultades que le son inherentes, LA JUNTA DEPARTAMENTAL

 

DECRETA:

 

ARTICULO 1º). Concédese anuencia a la Intendencia Municipal para exonerar de Tributos Municipales a la finca ubicada en la calle Manuel Meléndez Nº 917, Padrón Nº 1015 de la ciudad de Treinta y Tres, adquirida por la Comisión Ángel Hernández “Lucha Contra el Cáncer”, la que se destinará al alojamiento de personas del interior del departamento de deban atenderse en el Centro Oncológico local y no cuenten con otro medio de alojamiento.

 

ARTICULO 2º). Pase a la Intendencia Municipal a sus efectos; comuníquese; etc, etc.

SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL A LOS VEINTIOCHO DÍAS DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.

Nota: este decretó contó con 19 votos.

 

W. RODRÍGUEZ ÁVILA                                                LUIS A. RODRÍGUEZ

      SECRETARIO                                                             PRESIDENTE