DECRETO Nº 30/998.
VISTO: el 213/98 de fecha 24.09.98, remitido por la Intendencia
Municipal;
RESULTANDO : que por el mismo se solicita anuencia para exonerar del pago de
Tributos Municipales a la finca Padrón Nº 1015 de esta ciudad;
CONSIDERANDO: que la misma se destinará al alojamiento de pacientes del
interior del departamento que deban asistirse en el Centro Oncológico local y
que no cuenten con otro medio de alojamiento.
ATENTO: al noble fin perseguido por los adquirentes del bien (Com. Ángel
Hernández “Lucha Contra el Cáncer”), y a
las facultades que le son inherentes, LA JUNTA DEPARTAMENTAL
DECRETA:
ARTICULO 1º). Concédese anuencia a la Intendencia Municipal para
exonerar de Tributos Municipales a la finca ubicada en la calle Manuel Meléndez
Nº 917, Padrón Nº 1015 de la ciudad de Treinta y Tres, adquirida por la
Comisión Ángel Hernández “Lucha Contra el Cáncer”, la que se destinará al
alojamiento de personas del interior del departamento de deban atenderse en el
Centro Oncológico local y no cuenten con otro medio de alojamiento.
ARTICULO 2º). Pase a la Intendencia Municipal a sus efectos;
comuníquese; etc, etc.
SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL A LOS VEINTIOCHO DÍAS DE
OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.
Nota: este decretó contó con 19 votos.
W. RODRÍGUEZ ÁVILA
LUIS A. RODRÍGUEZ
SECRETARIO
PRESIDENTE