DECRETO Nº 39/998

 

 

VISTO el expediente Nº 4.514, de 17.12.98, de la Intendencia Municipal;

CONSIDERANDO 1) Que por el mismo, la Cooperativa de viviendas de Obreros Municipales (COVIOM), solicita la aprobación del fraccionamiento del Padrón Nº 10.921, de la ciudad de T. y Tres (1ª. Sección catastral), en 35 solares, que corresponden a la vivienda de cada uno de los cooperativistas.-

CONSIDERANDO 2) Que todos los solares contarán con los servicios de agua potable, energía eléctrica y saneamiento por su frente.-

CONSIDERANDO 3) Que dos de los solares no cumplen con las dimensiones mínimas exigidas por el Decreto 27/995, así como tampoco el ancho de las calles y pasajes.-

CONSIDERANDO 4) Que dichas viviendas son el resultado de la conjunción de esfuerzos de varias instituciones como son: Intendencia Mpal. de T. y Tres, Junta Departamental y M.V.O.T.Y.M.A. así como los propios interesados.-

ATENTO a las facultades que le son inherentes, LA JUNTA DEPARTAMENTAL

 

DECRETA:

 

ARTICULO 1º) Autorízase el fraccionamiento del Padrón Nº 10.921 de la 1ª. Sección catastral del departamento, en 35 solares, según el plano-proyecto del Ing. Agrim. Alberto Ameztoy.-

 

ARTICULO 2º) Pase a la Intendencia Municipal a sus efectos; comuníquese, etc., etc.

 

SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL A LOS VEINTINUEVE DIAS DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.-

Nota: este decreto contó con 26 votos.-

 

W. RODRIGUEZ AVILA                                 JUAN R. HERNANDEZ

     Secretario                                                   1er. Vice-Presidente