DECRETO Nº 39/998
VISTO el expediente Nº
4.514, de 17.12.98, de la Intendencia Municipal;
CONSIDERANDO 1) Que
por el mismo, la Cooperativa de viviendas de Obreros Municipales (COVIOM),
solicita la aprobación del fraccionamiento del Padrón Nº 10.921, de la ciudad
de T. y Tres (1ª. Sección catastral), en 35 solares, que corresponden a la
vivienda de cada uno de los cooperativistas.-
CONSIDERANDO 2) Que todos
los solares contarán con los servicios de agua potable, energía eléctrica y
saneamiento por su frente.-
CONSIDERANDO 3) Que
dos de los solares no cumplen con las dimensiones mínimas exigidas por el
Decreto 27/995, así como tampoco el ancho de las calles y pasajes.-
CONSIDERANDO 4) Que dichas
viviendas son el resultado de la conjunción de esfuerzos de varias instituciones
como son: Intendencia Mpal. de T. y Tres, Junta Departamental
y M.V.O.T.Y.M.A. así como los propios interesados.-
ATENTO a las
facultades que le son inherentes, LA JUNTA DEPARTAMENTAL
DECRETA:
ARTICULO 1º) Autorízase
el fraccionamiento del Padrón Nº 10.921 de la 1ª. Sección catastral del
departamento, en 35 solares, según el plano-proyecto del Ing. Agrim. Alberto Ameztoy.-
ARTICULO 2º) Pase a la
Intendencia Municipal a sus efectos; comuníquese, etc., etc.
SALA DE SESIONES DE LA
JUNTA DEPARTAMENTAL A LOS VEINTINUEVE DIAS DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS
NOVENTA Y OCHO.-
Nota: este decreto
contó con 26 votos.-
W. RODRIGUEZ
AVILA
JUAN R. HERNANDEZ
Secretario 1er. Vice-Presidente