DECRETO 15/2000
VISTO: el expediente
remitido por la Intendencia Mpal. Nº 1270/2000, por el cual Favio
Pressa Téliz y otros,
solicitan el fraccionamiento de los padrones Nºs
3438, 9133 y 11.148 Primera Sección Catastral del departamento, manzana 853 de
la ciudad de Treinta y Tres.-
RESULTANDO: que dichos
padrones corresponden a la Zona V de las establecidas en el Decreto Nº 27/995
que exige un mínimo de 2.000 mts.2 de
superficie y un frente no menor a 25 metros.-
CONSIDERANDO 1) Que
dicho fraccionamiento no está contemplado en el decreto mencionado, ya que los
solares Nºs, 6 y 7 no tienen frente a calle,
estableciéndose una servidumbre de paso para su salida; tampoco el solar Nº 5
cuenta con un mínimo de frente exigido.-
CONSIDERANDO 2) que este fraccionamiento se realiza por
partición sucesoria, lo cual condiciona la cantidad de parcelas.-
ATENTO al estudio
pormenorizado de la comisión asesora de Transporte y Obras Públicas de este
Cuerpo, LA JUNTA DEPARTAMENTAL, EN SESION DEL DIA DE LA FECHA
DECRETA
ARTICULO 1º). Autorízase
el fraccionamiento de los padrones Nºs. 3.438, 9.133
y 11.148 de la ciudad de T. y tres, propiedad de Favio
Presa Téliz y
otros, en 8 (ocho) solares, tal como lo establece el plano presentado por el
Ing. Agrim. Gustavo Belderrain.-
ARTICULO 2º). Pase a
la Intendencia Mpal. a sus efectos: comuníquese, insértese,
publíquese, etc., etc.
SALA DE SESIONES DE LA
JUNTA DEPARTAMENTAL A LOS TREINTA DIAS DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL.-
NOTA: este decreto fue
aprobado por 28 votos.-
RUBEN ELOSEGUI PEDRO ORLANDO
LEMES
SECRETARIO PRESIDENTE