DECRETO 15/2000

 

VISTO: el expediente remitido por la Intendencia Mpal. Nº 1270/2000, por el cual Favio Pressa Téliz y otros, solicitan el fraccionamiento de los padrones Nºs 3438, 9133 y 11.148 Primera Sección Catastral del departamento, manzana 853 de la ciudad de Treinta y Tres.-

 

RESULTANDO: que dichos padrones corresponden a la Zona V de las establecidas en el Decreto Nº 27/995 que exige un mínimo de 2.000 mts.2  de superficie y un frente no menor a 25 metros.-

 

CONSIDERANDO 1) Que dicho fraccionamiento no está contemplado en el decreto mencionado, ya que los solares Nºs, 6 y 7 no tienen frente a calle, estableciéndose una servidumbre de paso para su salida; tampoco el solar Nº 5 cuenta con un mínimo de frente exigido.-

 

CONSIDERANDO 2)  que este fraccionamiento se realiza por partición sucesoria, lo cual condiciona la cantidad de parcelas.-

 

ATENTO al estudio pormenorizado de la comisión asesora de Transporte y Obras Públicas de este Cuerpo, LA JUNTA DEPARTAMENTAL, EN SESION DEL DIA DE LA FECHA

 

DECRETA

 

ARTICULO 1º). Autorízase el fraccionamiento de los padrones Nºs. 3.438, 9.133 y 11.148 de la ciudad de T. y tres, propiedad de Favio Presa Téliz  y otros, en 8 (ocho) solares, tal como lo establece el plano presentado por el Ing. Agrim. Gustavo Belderrain.-

 

ARTICULO 2º). Pase a la Intendencia Mpal. a sus efectos: comuníquese, insértese, publíquese, etc., etc.

 

SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL A LOS TREINTA DIAS DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL.-

NOTA: este decreto fue aprobado por 28 votos.-

 

           RUBEN ELOSEGUI                                  PEDRO ORLANDO LEMES

            SECRETARIO                                            PRESIDENTE