DECRETO  16/2000

 

 

VISTO: El expediente de la Intendencia Municipal 1430/2000, por el cual la Sra. ANA MARIA REZK solicita la desfectación de la zona rural de una parte del padrón 1.441 (solar 1) y  el fraccionamiento de dicho padrón en 2 (dos) solares.

 

CONSIDERANDO : Que la Ley 10.723 de Centros Poblados Art. 18°, permite efectuar el trámite solicitado.

 

ATENTO: al informe presentado por la Comisión asesora de Transporte y Obras Públicas de este Cuerpo, LA JUNTA DEPARTAMENTAL, EN SESIÓN DEL DIA DE LA FECHA,

 

DECRETA:

 

ARTICULO 1°). Desaféctase de zona rural e incorporase a zonas suburbana, al    amparo de lo que establece el Art. 18° de la ley 10.723, por parte del padrón 1.441, solar marcado con el 1 según plano  del Ing. Agrim. Daniel Núñez Fernández.

 

ARTICULO 2°). Autorizase el fraccionamiento del padrón 1.441 en dos solares, tal como se establece en el plano presentado por el Ing. Agrim. Daniel  Núñez Fernández , quedando el solar 1, que cuenta con los servicios de energía eléctrica y agua potable, como padrón suburbano,   con un área de 3.547,21 m2 y el solar 2 ( rural) con una superficie de 5 hectáreas y 17,03 m2.-

 

ARTICULO 3°). Pase a la Intendencia Mpal. a sus efectos; comuníquese, insértese,  publíquese, etc, etc.

 

SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL A LOS TREINTA DIAS DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL.

Nota: este decreto contó con 28 votos.

 

                           RUBEN ELOSEGUI                                 PEDRO ORLANDO LEMES

                              SECRETARIO                                                  PRESIDENTE