DECRETO Nº  07/2001

 

 

VISTO: La nota remitida por la Intendencia Municipal, con fecha 07/02/01, mediante la cual solicita anuencia para modificar el Art. 4º del decreto Nº 16/983;

 

RESULTANDO: Que por dicho  decreto se exonera del tributo de patente de rodados a varias personas.-

 

CONSIDERANDO: Que la realidad actual muestra que muchas personas adquieren vehículos en cuotas, suscribiendo compromisos de compraventa, no pudiendo acceder al título de propiedad definitivo hasta tanto no se cancelen dichas cuotas.-

 

ATENTO: a la necesidad de adecuar dicha norma, LA JUNTA DEPARTAMENTAL

 

DECRETA:

 

ARTICULO 1º) Modificase el artículo 4º del decreto Nº 16/983, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Para lograr la exoneración se deberá justificar la  propiedad, presentando el título de propiedad y estar el vehículo registrado a su nombre en los padrones municipales.-

Asimismo, se podrá lograr la exoneración presentando documento que acredite la calidad de promitente comprador, con la posesión del vehículo tomada con anterioridad a la realización del trámite de solicitud de exoneración. Dicho documento deberá tener las firmas certificadas por escribano público. La Intendencia Municipal otorgará un plazo prudencial a efectos de que se adjunte el título de propiedad aludido en el inciso primero de este artículo”.-

 

ARTICULO 2º)  Pase a la Intendencia Municipal a sus efectos; comuníquese, insértese, publíquese, etc.-

 

SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL A CATORCE DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL UNO.-

Nota: este decreto fue aprobado por 22 votos.-

 

                                                                                   PEDRO ORLANDO LEMES

                                RUBEN ELOSEGUI                           Presidente

                                       Secretario