DECRETO Nº 07/2001
VISTO: La nota remitida por la Intendencia Municipal, con fecha
07/02/01, mediante la cual solicita anuencia para modificar el Art. 4º del
decreto Nº 16/983;
RESULTANDO: Que por dicho decreto
se exonera del tributo de patente de rodados a varias personas.-
CONSIDERANDO: Que la realidad actual muestra que muchas personas
adquieren vehículos en cuotas, suscribiendo compromisos de compraventa, no
pudiendo acceder al título de propiedad definitivo hasta tanto no se cancelen
dichas cuotas.-
ATENTO: a la necesidad de adecuar dicha norma, LA JUNTA DEPARTAMENTAL
DECRETA:
ARTICULO 1º) Modificase el artículo 4º del decreto Nº 16/983, el cual
quedará redactado de la siguiente manera: “Para lograr la exoneración se deberá
justificar la propiedad, presentando el
título de propiedad y estar el vehículo registrado a su nombre en los padrones
municipales.-
Asimismo, se podrá lograr la exoneración presentando documento que
acredite la calidad de promitente comprador, con la posesión del vehículo
tomada con anterioridad a la realización del trámite de solicitud de
exoneración. Dicho documento deberá tener las firmas certificadas por escribano
público. La Intendencia Municipal otorgará un plazo prudencial a efectos de que
se adjunte el título de propiedad aludido en el inciso primero de este
artículo”.-
ARTICULO 2º) Pase a la
Intendencia Municipal a sus efectos; comuníquese, insértese, publíquese, etc.-
SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL A CATORCE DE FEBRERO DEL AÑO
DOS MIL UNO.-
Nota: este decreto fue aprobado por 22 votos.-
PEDRO ORLANDO LEMES
RUBEN ELOSEGUI Presidente
Secretario