DECRETO Nº 20/2001
VISTO: El expediente Nº 2912, remitido por la Intendencia Municipal de
Treinta y Tres, por el que se solicita la exoneración de pago de contribución
inmobiliaria del padrón Nº 12391.-
CONSIDERANDO 1) Que las normas que rigen las exoneraciones de los
tributos municipales, otorga la iniciativa el ejecutivo departamental.-
CONSIDERANDO 2) Que por oficio Nº 227/2000, el Intendente Municipal
solicita la anuencia correspondiente para exonerar del pago de contribución
inmobiliaria urbana correspondiente al padrón Nº 12391 de esta ciudad. Motiva
dicha solicitud en que dicho predio fue cedido al Grupo Scout, el que tiene
proyectado desarrollar diversas actividades en el mismo.-
CONSIDERANDO 3) Que dicha exoneración se solicita únicamente por el período de tiempo que el Grupo Scout se
mantenga en el predio.-
ATENTO: a lo antes expresado y a las facultades que le confiere la ley
9515, la Junta Departamental
DECRETA
ARTICULO 1º) Concédase anuencia a la Intendencia Municipal de Treinta y
Tres, para exonerar del pago de Contribución Inmobiliaria urbana, al Padrón Nº
12391 de esta ciudad, que consta de un área de 4 hás.
7640 metros.-
ARTICULO 2º) La anuencia se concede por el lapso de tiempo en que se
mantenga vigente el contrato de comodato
entre Adamis Silverio Alvariza Muniz y el Grupo Scout
Presbítero JOSE MARIA FREIRE, celebrado el día 2 de agosto del año 2000.-
ARTICULO 3º) Pase a la Intendencia Municipal a sus efectos, comuníquese,
publíquese, etc. etc..-
SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE TREINTA Y TRES A LOS ONCE
DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL UNO.-
Nota: este decreto fue votado por 23 votos afirmativos.-
PEDRO ORLANDO
LEMES
RUBEN
ELOSEGUI
Presidente
Secretario