DECRETO Nº 20/2001

 

 

VISTO: El expediente Nº 2912, remitido por la Intendencia Municipal de Treinta y Tres, por el que se solicita la exoneración de pago de contribución inmobiliaria del padrón Nº 12391.-

 

CONSIDERANDO 1) Que las normas que rigen las exoneraciones de los tributos municipales, otorga la iniciativa el ejecutivo departamental.-

 

CONSIDERANDO 2) Que por oficio Nº 227/2000, el Intendente Municipal solicita la anuencia correspondiente para exonerar del pago de contribución inmobiliaria urbana correspondiente al padrón Nº 12391 de esta ciudad. Motiva dicha solicitud en que dicho predio fue cedido al Grupo Scout, el que tiene proyectado desarrollar diversas actividades en el mismo.-

 

CONSIDERANDO 3) Que dicha exoneración se solicita únicamente por el  período de tiempo que el Grupo Scout se mantenga en el predio.-

 

ATENTO: a lo antes expresado y a las facultades que le confiere la ley 9515, la Junta Departamental

 

DECRETA

 

ARTICULO 1º) Concédase anuencia a la Intendencia Municipal de Treinta y Tres, para exonerar del pago de Contribución Inmobiliaria urbana, al Padrón Nº 12391 de esta ciudad, que consta de un área de 4 hás. 7640 metros.-

 

ARTICULO 2º) La anuencia se concede por el lapso de tiempo en que se mantenga vigente el  contrato de comodato entre Adamis Silverio Alvariza Muniz y el Grupo Scout Presbítero JOSE MARIA FREIRE, celebrado el día 2 de agosto del año 2000.-

 

ARTICULO 3º) Pase a la Intendencia Municipal a sus efectos, comuníquese, publíquese, etc. etc..-

 

SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE TREINTA Y TRES A LOS ONCE DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL UNO.-

Nota: este decreto fue votado por 23 votos afirmativos.-

 

                                                                                PEDRO ORLANDO LEMES

                      RUBEN ELOSEGUI                                Presidente

                           Secretario