DECRETO Nº 10/2001

 

 

VISTO: la solicitud de numerosos vecinos de Villa Santa Clara de Olimar en cuanto a su aspiración de nominar una calle de esa localidad con el nombre de Hugo Olano Méndez.-

 

RESULTANDO: Que se recabó la opinión del Sr. Intendente Mpal, tal como se prevé en la Ley Orgánica Mpal, Art. 19, num. 31 – quién por oficio Nº 228/00 de 26/09/00 da a conocer su posición favorable al respecto.-

 

CONSIDERANDO: Que, luego de estudiados los antecedentes de rigor, se considera de justicia tal nominación, tratándose de una persona ampliamente  reconocida y respetada en la zona. Asimismo, ocupó la Secretario de la Junta Local de Santa Clara de Olimar entre 1952 y 1977.

 

ATENTO: a lo antes mencionado y a las facultades que le confieren las leyes vigentes

 

LA JUNTA DEPARTAMENTAL

 

DECRETA

 

ARTICULO 1º) Desígnase con el nombre de “HUGO OLANO MÉNDEZ” a la calle de Villa Santa Clara de Olimar  sita entre las calles 18 de julio y la vía férrea, y que es continuación de la calle Durazno ( dirección norte – sur).-

 

ARTICULO 2º) Pase a la Intendencia Municipal a sus efectos; comuníquese, etc. etc.

 

SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE TREINTA Y TRES A LOS SIETE DÍAS DE MARZO DEL AÑO DOS MIL UNO.-

Nota: este decreto contó con 23 votos.-

 

                                                                          PEDRO ORLANDO LEMES

                     RUBEN ELOSEGUI                              Presidente

                          Secretario