DECRETO Nº 10/2001
VISTO: la solicitud de numerosos vecinos de Villa Santa Clara de Olimar
en cuanto a su aspiración de nominar una calle de esa localidad con el nombre
de Hugo Olano Méndez.-
RESULTANDO: Que se recabó la opinión del Sr. Intendente Mpal, tal como
se prevé en la Ley Orgánica Mpal, Art. 19, num. 31 – quién por oficio Nº 228/00
de 26/09/00 da a conocer su posición favorable al respecto.-
CONSIDERANDO: Que, luego de estudiados los antecedentes de rigor, se
considera de justicia tal nominación, tratándose de una persona
ampliamente reconocida y respetada en la
zona. Asimismo, ocupó la Secretario de la Junta Local de Santa Clara de Olimar
entre 1952 y 1977.
ATENTO: a lo antes mencionado y a las facultades que le confieren las
leyes vigentes
LA JUNTA DEPARTAMENTAL
DECRETA
ARTICULO 1º) Desígnase con el nombre de “HUGO
OLANO MÉNDEZ” a la calle de Villa Santa Clara de Olimar sita entre las calles 18 de julio y la vía
férrea, y que es continuación de la calle Durazno ( dirección
norte – sur).-
ARTICULO 2º) Pase a la Intendencia Municipal a sus efectos; comuníquese,
etc. etc.
SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE TREINTA Y TRES A LOS SIETE
DÍAS DE MARZO DEL AÑO DOS MIL UNO.-
Nota: este decreto contó con 23 votos.-
PEDRO ORLANDO LEMES
RUBEN
ELOSEGUI
Presidente
Secretario