DECRETO    21/002

 

 

VISTO: El expediente 836/01 de la Intendencia Mpal. por el cual se solicita la anuencia de este Cuerpo para el desvío de un  camino rural, sito en un predio de la según da sección catastral del departamento, según consta a fojas 3 del mencionado expediente.

 

RESULTANDO : Que se han cumplido las formalidades previstas en el art. 70 del Código Rural, encontrándose acreditadas las publicaciones que prevé dicha norma ( fjs. 15 a 18).

 

CONSIDERANDO 1). Que según surge el expediente, no existiría oposición de parte de los vecinos que pudieran verse afectados por el desvío de camino.

 

CONSIDERANDO 2). Que todos estos antecedentes deberán elevarse al Poder Ejecutivo, quien resolverá definitivamente.

 

ATENTO: a lo antes expuesto, LA JUNTA DEPARTAMENTAL

 

DECRETA:

 

ARTICULO 1°). Concédase, anuencia a la Intendencia Municipal para autorizar el  desvío del camino vecinal que entronca la Ruta 18 a la altura de los  Padrones Nos. 3136 y 645 de la 2° sección catastral de Treinta y Tres  según consta el expediente 836/2001 de la Intendencia Mpal.

 

ARTICULO 2°). La presente anuencia se otorga condicionada a la decisión que oportunamente adopte el Poder Ejecutivo al respecto.

 

ARTICULO 3°). Pase a la Intendencia Mpal. a sus efectos; comuníquese, etc.

SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE TREINTA Y TRES A CUATRO DE DICIEMBRE DE DOS MIL DOS.

Nota: Este decreto contó con 21 votos.

 

RUBEN ELOSEGUI                                              PEDRO ORLANDO LEMES

        Secretario                                                          Presidente