DECRETO Nº 17/2002

 

 

VISTO: el informe de fecha 06/11/02 presentado por la Comisión de Legislación de esta Junta, referente a la creación de un archivo electrónico de Resoluciones del Ejecutivo Comunal.

 

RESULTANDO: Que el art. 34 de la Ley 9.515 establece que “las resoluciones del Intendente, debidamente refrendadas por el funcionario que corresponda se asentarán en los libros de registros, y sus constancias o testimonios expedidos en forma, constituirán instrumentos públicos o tener la validez de tal.”

 

CONSIDERANDO: Que se entiende de fundamental importancia el debido seguimiento de los decretos de esta Junta Dptal, así como de otros asuntos de carácter general, así como poder contar con las resoluciones de igual carácter que emite la Intendencia Municipal.

 

ATENTO: a lo antes expuesto y a los que establece en el art. 673, inc. 1º de la Constitución de la República, LA JUNTA DEPARTAMENTAL

 

DECRETA:

ARTICULO 1º). Créase en la Junta Departamental, el archivo electrónico de Resoluciones del Ejecutivo Comunal.

 

ARTICULO 2º). La Intendencia Municipal de Treinta y Tres remitirá, dentro de los diez días hábiles siguientes a su inserción en el Decretero Municipal, fotocopia, fascimíl o por vía electrónica ( correo electrónico) si hubiere disponible, sus resoluciones de carácter general.

 

ARTICULO 3º). La Intendencia Municipal dispondrá de un plazo de 120 (ciento veinte) días, prorrogables por única vez por otros 90 (noventa) días, para la remisión a esta Junta de las resoluciones emitidas desde el 15 de febrero de 1985 hasta la fecha de entrada en vigencia del presente decreto.

 

ARTICULO 4º). El presente archivo será de uso exclusivo de la Junta Departamental, debiendo los Sres. Ediles y Secretarios de Bancada efectuar su consulta a través de los funcionarios autorizados.

 

ARTICULO 5º). Comuníquese a la Intendencia Municipal a los efectos correspondientes, insértese, etc.

 

SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL A LOS TRECE DIAS DEL MES NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOS.

Nota: este decreto contó con 16 votos.

 

RUBEN ELOSEGUI                                         PEDRO ORLANDO LEMES

   Secretario                                                            Presidente