DECRETO N° 10/002
VISTO:
El expediente N° 708/2001, remitido por la
Intendencia Municipal de T. y Tres, por el cual el BANCO HIPOTECARIO DEL
URUGUAY solicita la aprobación del plano de mensura y fraccionamiento del
Padrón N° 625 de Villa Sara, en donde se sitúa el
Núcleo Habitacional DC 22.-
RESULTANDO: Que según surge del
expediente, en el solar 1 se encuentra ubicado el depósito de aguas negras de
todo el núcleo habitacional mencionado, quedando la operativa a cargo de OSE y
el solar 2 se destinará a Salón Comunal para el mismo núcleo habitacional.-
CONSIDERANDO: Que uno de los solares resultante no cumple con los
mínimos establecidos por el Dto. 27/995.-
ATENTO al informe de la Comisión de
Transporte y Obras Públicas del Cuerpo, de fecha 27/5/02, y a las facultades
que le son inherentes, LA JUNTA DEPARTAMENTAL
ARTICULO
1°) Aprúebase el plano de mensura y fraccionamiento
del padrón N° 625 de Villa Sara, tal como lo solicita
el Banco Hipotecario del Uruguay en el expediente N°
708/2001.-
ARTICULO 2°) Los solares resultantes
deberán cumplir la función para la cual fueron solicitados.-
SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE T. Y TRES A LOS CINCO DIAS DE JUNIO DEL AÑO DOS
MIL DOS.-
PEDRO ORLANDO LEMES
RUBEN ELOSEGUI PRESIDENTE
SECRETARIO