VISTO: La iniciativa de vecinos de la localidad de
Rincón, en abril de 2000, proponiendo la nominación de calles y lugares públicos
en pueblo Rincón, que hasta la fecha carecen de nombre.-
RESULTANDO 1) Que dentro de los nombres sugeridos, se destacan algunos
de nuestra flora autóctona, de las tribus indígenas que habitaron nuestra
región, como así también el de personalidades de nuestra historia nacional,
como el Gral. José Artigas y José Pedro Varela.-
RESULTANDO 2) Que obtenidos otros datos y referencias históricas acerca
de los primeros pobladores y vecinos de trascendencia del lugar, se estableció
contacto con personas oriundas de la localidad, obteniéndose valiosa
información.-
RESULTANDO 3) Que se contó con la participación de docentes y alumnos de
la Escuela N° 61 quienes propusieron incluir nombres de nuestros primeros
habitantes indígenas y gauchos, así como de cursos de agua cercanos, y de otros
que hacen a la historia misma del pueblo, tales como: taipero, ferroviarios y
troperos.-
RESULTANDO 4) Que, por otra parte, surgen otros nombres de personas que
con su esfuerzo colaboraron en el desarrollo del lugar, tales como los de las
hermanas Juana y Mamerta Fabeiro, la maestra Celia Cabrera de Pereira y el de
Juan Pedro Ramírez, antiguo propietario de esas tierras.-
CONSIDERANDO 1) Que se cuenta con la opinión favorable del Intendente
Municipal, dando así cumplimiento a lo establecido por Ley N° 9.515, Art. 31,
num.19.-
CONSIDERANDO 2) El informe minucioso de nuestra Comisión asesora de
Nomenclátor de fecha 30 de julio de 2003.-
ATENTO: a las facultades legales que le confieren, LA JUNTA
DEPARTAMENTAL DE TREINTA Y TRES:
DECRETA:
ARTICULO 1°)
Designase con el nombre de JUAN PEDRO RAMÍREZ, a la calle de pueblo
Rincón comprendida entre la vía férrea y Ruta N° 18, siendo la primera paralela
al sur a la calle Renée Rosano de Garate: dirección oeste. este.-
ARTICULO 2°) Designase con el nombre de GUAYABO a la calle comprendida
entre las calles Sarandi y Celia Cabrera de Pereira, siendo la primera paralela
al sur a la calle Juan Pedro Ramírez.-
ARTICULO 3°) Designase con el nombre de CANELÓN a la calle comprendida
entre las calles Sarandi y Tarumán, paralela al sur a la calle Juan Pedro
Ramírez con una extensión de dos cuadras:
dirección oeste – este.-
ARTICULO 4°)Designase con el nombre de CEIBOS a la calle comprendida
entre Sarandí y Celia Cabrera de Pereira, siendo la primera paralela al sur a
la calle Guayabo.-.
ARTICULO 5°) Designase con el nombre de PITANGUERO a la calle
comprendida entre las calles Arazá y Celia Cabrera de Pereira, siendo la
primera paralela al sur a la calle Ceibos.-
ARTICULO 6°) Designase con el nombre de SARANDI a la calle comprendida
entre las calles Renée Rosano de Garate y Pitanguero, con dirección sur-norte.-
ARTICULO 7°) Designase con el nombre de Mtra. CELIA CABRERA DE PEREIRA a
la calle comprendida entre las calles Juan Pedro Ramírez y Pitanguero, desde
Plaza 19 de Abril hacia el sur.-
ARTICULO 8°) Designase con el nombre de CHALCHAL a la calle comprendida entre las calles
Guayabo y Pitanguero, siendo paralela a Sarandi; dirección sur-norte.-
ARTICULO 9°) Designase con el nombre de ARAZÁ a la calle comprendida
entre las calles Canelón y Pitanguero,
con una extensión de una cuadra; dirección sur-norte.-
ARTICULO 10°) Designase con el nombre de TALA a la calle comprendida
entre las calles Juan Pedro Ramírez y Canelón; con una extensión de una cuadra;
dirección sur-norte.-
ARTICULO 11°).- Designase con el nombre de TARUMAN a la calle
comprendida entre las calles Juan Pedro Ramírez y Canelón, con una extensión de
una cuadra y paralela a Tala; Dirección sur-norte.-
ARTICULO 12°) Designase con el nombre de JOSE PEDRO VARELA a la calle
comprendida entre las calles Juan Pedro Ramírez y Zucará, que nace en plaza 19
de Abril hacia el norte.-
ARTICULO 13°) Designase con el nombre de FERROVIARIOS a la calle
contigua a la vía férrea, desde Renée Rosano de Garate hacia el sur, en toda su
extensión.-
ARTICULO 14°) Designase con el nombre de ACACIAS a la calle comprendida entre José Pedro Varela y Ferroviarios, contigua a
plaza 19 de abril; dirección oeste –este.-
ARTICULO 15°) Designase con el nombre de JUANA FABEIRO a la calle
comprendida entre las calles Juan Pedro Ramírez y Guayabo, siendo paralela a
Sarandi, con una extensión de una cuadra.-
ARTICULO 16°) Designase con el nombre de MAMERTA FABEIRO a la calle comprendida
entre las calles Juan Pedro Ramírez y Guayabo, siendo paralela al este con
Juana Fabeiro, con una extensión de una cuadra.-
ARTICULO 17°) Designase con el nombre de IBIRAPITA a la calle
comprendida entre las calles Renée Rosano de Garate y Juan Pedro Ramírez,
paralela al este a calle Sarandi.-
ARTICULO 18) Designase con el nombre de TIMBO a la calle comprendida
entre las calles Renée Rosano de Garate y Juan Pedro Ramírez, siendo la primera
paralela al este a calle Ibirapitá, con extensión de una cuadra.-
ARTICULO 19°) Designase con el nombre de ZUCARA a la calle comprendida
entre la vía férrea y Ruta N° 18, paralela al norte a calle Arrayanes, con una
extensión de cuatro cuadras; dirección oeste-este
ARTICULO 20°) Designase con el nombre de BLANQUILLO a la calle contigua
a ruta N° 18, entre Renée Rosano de Garate y Zucará, con una extensión de dos
cuadras; dirección sur-norte.-
ARTICULO 21°) Designase con el nombre de YATAY a la calle comprendida
entre plaza 25 de Agosto y Renée Rosano de Garate, con una extensión de dos
cuadras; dirección sur-norte.-
ARTICULO 22°) Designase con el
nombre de CORONILLA a la calle comprendida entre las calles José Pedro Varela y
Yatay, siendo paralela al norte a la calle Renée Rosano de Garate.-
ARTICULO 23°) Designase con el nombre de ARRAYANES a la calle
comprendida entre las calles Blanquillo y Cina Cina, con una extensión de dos
cuadras, siendo la primera paralela al sur a calle Zucará.-
ARTICULO 24°) Designase con el nombre de ESPINILLO a la calle comprendida
entre las calles Renée Rosano de Garate y Arrayanes, siendo paralela al este a
la calle Blanquillo.-
ARTICULO 25°) Designase con el nombre de ENVIRA a la calle comprendida
entre las calles Yatay y Espinillo, con extensión de una cuadra; dirección oeste-este.-
ARTICULO 26°) Designase con el nombre de OMBU a la calle comprendida entre
las calles Zucará y Arrayanes, con extensión de una cuadra: dirección
sur-norte.-
ARTICULO 27°) Designase con el nombre de CINA CINA a la calle
comprendida entre las calles Zucará y Coronilla, paralela a Ombú al este, con
una extensión de dos cuadras.-
ARTICULO 28°) Designase con el nombre de MATAOJO a la calle comprendida
entre Ruta 18 y la vía férrea, siendo la primera paralela al norte a calle
Zucará; dirección oeste-este.-
ARTICULO 29°) Designase con el nombre de TAIPEROS a la calle comprendida entre Ruta 18 y la
vía férrea, siendo la primera paralela al norte a calle Mataojo; dirección
oeste-este.-
ARTICULO 30°) Designase con el nombre de SAUCES a la calle que nace en calle Zucará con una
extensión de tres cuadras, siendo la primera paralela al este a Ruta 18;
dirección sur –norte.
ARTICULO 31°) Designase con el
nombre de CAROBA a la calle que nace en calle Zucará, hacia el norte, siendo la
primera paralela al este a la calle Sauces.-
ARTICULO 32°) Designase con el
nombre de CAMINO DE LOS GAUCHOS a la calle que nace en calle Renée Rosano de
Garate hacia el sur y es paralela al este a la vía férrea.-
ARTICULO 33°) Designase con el nombre de CHARRUAS a la calle que
comienza en Renée Rosano de Garate, hacia el norte, hasta la calle Taiperos, y
es paralela al este con la vía férrea, con una extensión de seis cuadras.-
ARTICULO 34°) Designase con el nombre de CAMINO DE LOS CARREROS a la
calle que nace en Renée Rosano de Garate hacia el norte, siendo la primera
paralela al este a calle Charrúas.-
ARTICULO 35°) Designase con el
nombre de GUENOAS a la calle que nace en Renée Rosano de Garate, hacia el
norte, siendo la primera paralela al este a Camino de los Carreros.-
ARTICULO 36°) Designase con el nombre de CHANAES a la calle comprendida
entre Renée Rosano de Garate y Yaros, con extensión de una cuadra, paralela al
este a calle Guenoas; dirección sur- norte.-
ARTICULO 37°) Designase con el nombre de YAROS a la calle comprendida
entre las calles Charrúas y Chanaes y es la primera paralela al norte a calle
Renée Rosano de Garate.-
ARTICULO 38°) Designase con el nombre de BOHANES a la calle comprendida
entre las calles Charrúas y Camino de los Troperos; siendo la primera paralela
al norte a la calle Yaros.-
ARTICULO 39°) Designase con el nombre de ARACHANES a la calle
comprendida entre la vía férrea y Guenoas; dirección oeste –este.-
ARTICULO 40°) Designase con el nombre de PARAO a la calle comprendida
entre Charrúas y Camino de los Carreros, siendo la primera paralela al norte a
calle Arachanes, con extensión de una cuadra.-
ARTICULO 41°) Designase con el nombre de Tacuarí a la calle
comprendida ente Charruas y Camino de
los Carreros, y es paralela al norte a la calle Parao, con extensión de una
cuadra.-
ARTICULO 42°) Designase con el nombre de CAMINO DE LOS TROPEROS, a la
diagonal existente entre Renée Rosano de Garate y la vía férrea al este de ésta
última; dirección sur- norte.-
ARTICULO 43°) Designase con el
nombre de PLAZA GRAL. JOSÉ ARTIGAS a la
Plaza delimitada por las calles Juan Pedro Ramírez, Juana Fabeiro, Guayabo y
Mamerta Fabeiro.-
ARTICULO 44°) Designase con el nombre de PLAZA 19 DE ABRIL, a la plaza
delimitada por las calles Acacias,
José Pedro Varela, Juan Pedro
Ramírez y Ferroviarios.-
ARTICULO 45°) Designase con el nombre de PLAZA 25 DE AGOSTO, a la plaza
delimitada por las calles, Arrayanes, Coronilla, Cina cina y Yatay.-
ARTICULO 46°) Pase a la Intendencia Municipal a sus efectos,
comuníquese, insértese, publíquese, etc.-
SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE TREINTA Y TRES A TRECE DE
AGOSTO DEL AÑO DOS MIL TRES.-
(Nota: este decreto fue aprobado por 22 votos).
PEDRO ORLANDO LEMES
Presidente
RUBEN
ELOSEGUI
Secretario