DECRETO N° 01/2003
SE INSTAURA OFICIALMENTE LA BANDERA DEL DEPARTAMENTO
VISTO: El oficio N° 36/2003, de fecha 07/2/03, remitido por la
Intendencia Municipal de T. y Tres, mediante el cual se remite a este Cuerpo la
iniciativa respecto a la creación de la Bandera de Treinta y Tres.-
RESULTANDO: Que en el mismo se solicita que sea oficialmente instaurada
como SÍMBOLO DEPARTAMENTAL la bandera que resultara premiada en el Concurso
realizado en el año 1997, a instancia de la Intendencia Mpal.-
CONSIDERANDO 1) Que en el evento mencionado, resultó ganador el diseño
presentado por la Srta. Caryl Suárez, según surge de la copia del acta labrada
por el Jurado correspondiente.-
CONSIDERANDO 2) Que este cuerpo considera de justicia que, en
oportunidad de conmemorarse los 150 años de la fundación de la ciudad de
Treinta y Tres, se reconozca oficialmente la obra realizada por esta artista
plástica.-
ATENTO A LO ANTERIORMENTE EXPUESTO Y A LAS FACULTADES QUE LE SON
INHERENTES, LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE TREINTA Y TRES
ARTICULO 1°) Declárase oficialmente símbolo
departamental, el diseño de la bandera realizado por la Srta. Caryl Suárez.-
ARTICULO 2°) El diseño de la misma es el siguiente: sobre fondo blanco,
cuatro ondas azules a su izquierda que simbolizan las aguas del departamento;
significado del color azul: aire y los ideales de justicia y verdad. A su
derecha, un medio sol color oro, que representa - departamento del este - , la luz, y los ideales de nobleza.- en un círculo de pureza, el antiguo
cuervo, en raudo vuelo, como desafiando los abismos de la Quebrada; se aleja
del zucará en color verde y rojo, uno de los elementos autóctonos de nuestro
monte natural. Su color, agua – fuego, enuncia ideales de libertad, esperanza,
valor y alegría. El color plata del ave, significa pájaro de quebrada; es la
tierra y los ideales de integridad y pureza.-
ARTICULO 3°) El mástil será colocado en el sector donde se encuentra
impresa la imagen del medio sol.-
ARTICULO 4°) El Sr. Intendente Mpal. determinará donde quedará, en
custodia, el padrón oficial de la Bandera de Treinta y Tres.-
ARTICULO 5°) Pase a la Intendencia Municipal a sus efectos; comuníquese,
insértese, publíquese, etc, etc.-
SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE TREINTA Y TRES, A ONCE DE
FEBRERO DEL AÑO DOS MIL TRES.-
Nota: este decreto se aprobó por 21 votos en 21-
PEDRO ORLANDO LEMES
RUBEN ELOSEGUI
PRESIDENTE
SECRETARIO