VISTO: La nota de fecha 17/02/2003 de la Intendencia
Mpal. por la cual formula una observación al Decreto N° 01/2003, de este
Cuerpo, Art. 3°, referente a la creación de la Bandera Departamental.
RESULTANDO: Que la referida observación tiene que ver con el sector en
el que se colocará el mástil correspondiente.-
CONSIDERANDO 1) Que tal observación se efectúa en tiempo y forma, según
lo establecido en el Art. 281 de la Constitución.-
CONSIDERANDO 2) Que la Junta Departamental acepta la observación
realizada por el Sr. Intendente Mpal.
ATENTO: a lo antes expuesto, LA
JUNTA DEPARTAMENTAL
DECRETA:
ARTICULO 1°) Acéptase la observación formulada por el
Sr. Intendente Municipal al Art. 3°, del Decreto N° 01/003, por lo que el
decreto definitivo queda redactado de la siguiente manera:
“ Art.
1°) Declárase oficialmente símbolo
departamental el diseño de la bandera realizado por la Srta. Carril Suárez.-
Art. 2°) El diseño de la misma es el
siguiente: sobre fondo blanco, cuatro ondas azules a su izquierda que
simbolizan las aguas del departamento; significado del color azul: aire y los
ideales de justicia y verdad. A su derecha, un medio sol color oro, que
representa departamento del este, la luz y los ideales de nobleza. En un
circulo de pureza el antiguo cuervo en raudo vuelo, como desafiando los abismos
de la Quebrada; se aleja del zucará en verde y rojo, uno de los elementos
autóctonos de nuestro monte natural. Su color agua – fuego enuncia los ideales
de libertad, esperanza, valor y alegría. El color plata del ave significa – pájaro de quebrada -; es la
tierra y los ideales de integridad y pureza.-
Art. 3°) El mástil será colocado en el
sector donde se encuentran impresas las ondas azules.
Art. 4°)
El Sr. Intendente Mpal. determinará donde quedará en custodia el padrón
oficial de la Bandera de Treinta y Tres.-
ARTICULO 2°) Pase a la Intendencia Municipal a sus efectos; comuníquese,
insértese, publíquese, etc. etc..-
SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE TREINTA Y TRES A
DIECINUEVE DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL TRES.-
(Nota: este decreto fue aprobado por 18 votos en 18).-
PEDRO ORLANDO LEMES
Presidente
RUBEN
ELOSEGUI
Secretario