DECRETO N° 03/2003

 

 

VISTO: La nota de fecha 17/02/2003 de la Intendencia Mpal. por la cual formula una observación al Decreto N° 01/2003, de este Cuerpo, Art. 3°, referente a la creación de la Bandera  Departamental.  

 

RESULTANDO: Que la referida observación tiene que ver con el sector en el que se colocará el mástil correspondiente.-

 

CONSIDERANDO 1) Que tal observación se efectúa en tiempo y forma, según lo establecido en el Art. 281 de la Constitución.-

 

CONSIDERANDO 2) Que la Junta Departamental acepta la observación realizada por el Sr. Intendente Mpal.

 

ATENTO:  a lo antes expuesto, LA JUNTA DEPARTAMENTAL

 

DECRETA:

 

ARTICULO 1°) Acéptase la observación formulada por el Sr. Intendente Municipal al Art. 3°, del Decreto N° 01/003, por lo que el decreto definitivo queda redactado de la siguiente manera:

                        “ Art. 1°)  Declárase oficialmente símbolo departamental el diseño de la bandera realizado por la Srta. Carril Suárez.-

                            Art. 2°) El diseño de la misma es el siguiente: sobre fondo blanco, cuatro ondas azules a su izquierda que simbolizan las aguas del departamento; significado del color azul: aire y los ideales de justicia y verdad. A su derecha, un medio sol color oro, que representa departamento del este, la luz y los ideales de nobleza. En un circulo de pureza el antiguo cuervo en raudo vuelo, como desafiando los abismos de la Quebrada; se aleja del zucará en verde y rojo, uno de los elementos autóctonos de nuestro monte natural. Su color agua – fuego enuncia los ideales de libertad, esperanza, valor y alegría. El color plata del ave  significa – pájaro de quebrada -; es la tierra y los ideales de integridad y pureza.-

                          Art. 3°) El mástil será colocado en el sector donde se encuentran impresas las ondas azules.

                           Art. 4°)  El Sr. Intendente Mpal. determinará donde quedará en custodia el padrón oficial de la Bandera de Treinta y Tres.-

 

ARTICULO 2°) Pase a la Intendencia Municipal a sus efectos; comuníquese, insértese, publíquese, etc. etc..-

 

SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE TREINTA Y TRES A DIECINUEVE DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL TRES.-

(Nota: este decreto fue aprobado por 18 votos en 18).-

 

                                                                                         PEDRO ORLANDO LEMES

                                                                                                    Presidente

                           RUBEN ELOSEGUI

                                 Secretario