COMODATO I.M. CON ANEP - 8 VIVIENDAS DC 29 (VERGARA)
VISTO: La solicitud de anuencia de fecha 14/5/03,
Oficio N° 109/03, referente a la celebración de un comodato entre la Intendencia
Mpal. y la ANEP por ocho viviendas pertenecientes al complejo habitacional DC
29, de Vergara.-
RESULTANDO 1) Que el padrón correspondiente es aún propiedad de la
Intendencia Mpal.
RESULTANDO 2) Que las ocho viviendas se destinarían a salones e
internados para alumnos de la Escuela Técnica a construirse en la Localidad.-
CONSIDERANDO: La importancia que tiene tal emprendimiento para esa zona
del departamento.-
ATENTO a lo antes señalado y a lo que establece la Ley Orgánica Mpal. N°
9515, Art. 35, num. 10, LA JUNTA DEPARTAMENTAL
ARTICULO 1°) Concédese anuencia a la Intendencia
Mpal. para celebrar un comodato con la Administración Nacional de Educación
Pública, por ocho (8) viviendas pertenecientes al complejo habitacional DC 29 de
la ciudad de Vergara, con destino a salones e internados para alumnos de la
Escuela Técnica a construirse en la localidad.-
ARTICULO 2°) El plazo del mencionado comodato se fija en quince (15)
años.-
ARTICULO 3°).- Pase a la Intendencia Mpal. a sus efectos; comuníquese,
insértese, publíquese, etc.-
SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DPTAL. DE T. Y TRES A CUATRO DE JUNIO DEL
AÑO DOS MIL TRES.-
Nota: este decreto contó con 22 votos.-
PEDRO ORLANDO LEMES
RUBEN ELOSEGUI
PRESIDENTE
SECRETARIO