DECRETO Nº 08/2004
VISTO: El oficio Nº
432/11/03 remitido por la Intendencia Municipal solicitando anuencia para la
contratación de un préstamo a efectos de financiar un Proyecto “Sala de
Procesamiento y Envasado de Frutas y Hortalizas”.
RESULTANDO 1). Que por
oficio Nº 03/2004, la Junta Departamental solicitó informe al Tribunal de
Cuentas referente al Contrato de Reinversión a suscribirse entre la Intendencia
Municipal de Treinta y Tres y la DIPRODE (Dirección de Proyectos de
Desarrollo), de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
RESULTANDO 2). Que
conforme al contrato proyectado, la O.P.P. se
compromete a otorgar a la Intendencia Municipal de Treinta y Tres, la suma de
hasta $ 860.600,oo con un plazo de ocho años, para
financiar dicho Proyecto.
CONSIDERANDO 1). Que
el citado Proyecto consiste en el financiamiento para la remodelación y
equipamiento de un local aportado por la Intendencia Municipal, con el fin ya
expresado.
CONSIDERANDO 2). Que
con la aprobación de este Proyecto se estaría contribuyendo al desarrollo económico
y social del departamento, mediante la formación de emprendimientos productivos
que generarán puestos de trabajo, mejorando así la calidad de vida de la
población.
CONSIDERANDO 3). El
informe favorable de la Comisión Asesora de Hacienda y Presupuesto de fecha 2
de junio de 2004.
CONSIDERANDO 4). Que
el TOCAF, en su sección 2ª (De la liquidación y pago), art. 22, establece que “el
pago de las obligaciones se efectuará por la Tesorería Gral. De la Nación o las
Tesorerías que hagan sus veces, previa orden emitida por el Ordenador
competente”, y en el Cap. III, sec.
I, (De los Ordenadores de Gastos y Pagos), art. 26: “Son ordenadores primarios
de gastos, hasta el límite presupuestal, los jerarcas máximos de toda
Administración, cualquiera su naturaleza jurídica”, art. 27: “En especial los
ordenadores primarios: apartado f): En los gobiernos departamentales: El
Intendente Municipal y el Presidente de la Junta Departamental., cada uno
dentro de su competencia”.
ATENTO: A lo expuesto
precedentemente, y a las facultades que le son inherentes, LA JUNTA
DEPARTAMETAL DE TREINTA Y TRES
DECRETA:
ARTICULO 1º). Concédese
anuencia a la Intendencia Municipal de Treinta y Tres para la contratación de
un préstamo con la DI.PRO.DE. por
la suma de $ 860.600, con un plazo de 8 años, destinado a financiar el Proyecto
Sala de Procesamiento de Envasado de Frutas y Hortalizas a que hace de
referencia el Considerando 1º del presente decreto.
ARTICULO 2º). La
presente anuencia se otorga condicionada a la aplicación a los expuestos en el
Considerando 4º del presente decreto.
ARTICULO 3º). Pase al
Tribunal de Cuentas de la República y a la Intendencia Municipal a sus efectos;
comuníquese, publíquese, etc.
SALA DE SESIONES DE LA
JUNTA DEPARTAMENTAL DE TREINTA Y TRES, A SIETE DE JULIO DEL AÑO DOS MIL CUATRO.
Nota: este decreto se
aprobó por 24 votos.
RUBEN ELOSEGUI RAMON DA SILVA ALMENAR
Secretario
Presidente