DECRETO Nº 12/2004

 

 

VISTO: El expediente Nº 1483/2004 de la Intendencia Municipal, caratulado: “FERNANDEZ, Luis Alberto, solicita fraccionamiento Padrón 1388”.

 

RESULTANDO: 1) Que del informe producido a fs. 4 vuelto, surge que se pretende fraccionar el padrón 1388 de la 7ma. Sección en once solares, con la apertura de dos calles.

                                2) Que por el frente a la calle pública existe ramal provisorio de agua potable.

                                3) Que el fraccionamiento proyectado estaría dentro de lo requerido por el art. 4º del Decreto 27/995.

                                4) Que no se comparte el criterio adoptado para el acordamiento entre las calles Nº 2 y 3.

 

CONSIDERANDO: No se comparte el término utilizado en el informe mencionado en cuanto habla de frentes, cuando el decreto al que se hace referencia, en su artículo 4º, que es el que establece los requisitos necesarios habla de superficie y ancho.

 

ATENTO: A lo expuesto y a lo dispuesto en la Ley 10.723 (de Centros Poblados), y al informe favorable de la Comisión de Transporte y Obras Públicas de fecha 23/9/04, LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN USO DE SUS FACULTADES

 

DECRETA:

 

ARTICULO 1º). Desaféctese de zona rural e incorporase a zona suburbana, al amparo de lo dispuesto en el art. 18 de la ley 10.723, el padrón Nro. 1388 (parte) de la séptima sección de este departamento según plano del Ing. Agrim. Daniel Núñez Fernández.

 

ARTICULO 2º). Pase a la Intendencia Municipal a sus efectos, comuníquese, publíquese, etc.

 

SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CUATRO.

Nota: Este Decreto fue aprobado por 20 votos.

 

 

          RUBEN ELOSEGUI                                    MARIO BARRIOS VIANA

               Secretario                                                       1er. Vice- Presidente