DECRETO Nº 12/2004
VISTO: El expediente
Nº 1483/2004 de la Intendencia Municipal, caratulado: “FERNANDEZ, Luis Alberto,
solicita fraccionamiento Padrón 1388”.
RESULTANDO: 1) Que del
informe producido a fs. 4 vuelto, surge que se
pretende fraccionar el padrón 1388 de la 7ma. Sección en once solares, con la
apertura de dos calles.
2) Que por el
frente a la calle pública existe ramal provisorio de agua potable.
3) Que el fraccionamiento
proyectado estaría dentro de lo requerido por el art. 4º del Decreto 27/995.
4) Que no se
comparte el criterio adoptado para el acordamiento
entre las calles Nº 2 y 3.
CONSIDERANDO: No se
comparte el término utilizado en el informe mencionado en cuanto habla de
frentes, cuando el decreto al que se hace referencia, en su artículo 4º, que es
el que establece los requisitos necesarios habla de superficie y ancho.
ATENTO: A lo expuesto y
a lo dispuesto en la Ley 10.723 (de Centros Poblados), y al informe favorable
de la Comisión de Transporte y Obras Públicas de fecha 23/9/04, LA JUNTA
DEPARTAMENTAL EN USO DE SUS FACULTADES
DECRETA:
ARTICULO 1º).
Desaféctese de zona rural e incorporase a zona suburbana, al amparo de lo
dispuesto en el art. 18 de la ley 10.723, el padrón Nro.
1388 (parte) de la séptima sección de este departamento según plano del Ing.
Agrim. Daniel Núñez Fernández.
ARTICULO 2º). Pase a
la Intendencia Municipal a sus efectos, comuníquese, publíquese, etc.
SALA DE SESIONES DE LA
JUNTA DEPARTAMENTAL A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL
CUATRO.
Nota: Este Decreto fue
aprobado por 20 votos.
RUBEN ELOSEGUI MARIO
BARRIOS VIANA
Secretario
1er. Vice- Presidente