DECRETO Nº 04/2005

 

 

VISTO: El expediente Municipal Nº 2649/2004, caratulado: “ORGA PEDRO, solicita fraccionamiento Padrón  6322”.-

 

RESULTANDO 1) Que a fojas 3 el Sr. Orga solicita el fraccionamiento del padrón antes mencionado de acuerdo al plano del Ing. Agr. César Vesperoni, agregado a fojas del expediente de referencia.-

 

RESULTANDO 2) Que del informe producido por la Dirección de Arquitectura y Obras a fojas 7 vuelta, se desprende que se desea fraccionar en dos solares, cuyos frentes no superan los mínimos establecidos en el Decreto Nº 27/95, ya que los mismos cuentan con 11,84 metros y 11,52 metros respectivamente, cuando lo previsto para las zonas III y IV es un ancho no menor a 12 metros.-

 

CONSIDERANDO: Que el Art. 14 del Decreto Nº 27/95, prevé que se puede realizar una reducción de hasta 20% como excepción, con la cual los solares proyectados quedarían encuadrados dentro de las zonas III y IV tal como lo establece el decreto.-

 

ATENTO: A lo expuesto y a lo dispuesto en la ley 10.723 (de Centros Poblados), y al informe favorable de la Comisión de Transporte y Obras Públicas de fecha 15/04/05,

 

LA JUNTA DEPARTAMENTAL

 

DECRETA:

 

ARTICULO 1º) Apruébese  por excepción el fraccionamiento del padrón Nº 6322 propiedad del Sr. Pedro Orga en dos solares, de acuerdo al plano efectuado por el Ing. Agr. César Vesperoni.-

 

ARTICULO 2º) Pase a la Intendencia Municipal a sus efectos, comuníquese, publíquese, etc.

 

SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL CINCO.

Nota: Este Decreto fue aprobado por 12 votos.-

 

 

 

                RUBEN ELOSEGUI                            RAMON DA SILVA ALMENAR

                     Secretario                                                Presidente