DECRETO Nº 04/2005
VISTO:
El expediente Municipal Nº 2649/2004, caratulado: “ORGA PEDRO, solicita
fraccionamiento Padrón 6322”.-
RESULTANDO
1) Que a fojas 3 el Sr. Orga solicita el fraccionamiento
del padrón antes mencionado de acuerdo al plano del Ing. Agr. César Vesperoni,
agregado a fojas del expediente de referencia.-
RESULTANDO
2) Que del informe producido por la Dirección de Arquitectura y Obras a fojas 7
vuelta, se desprende que se desea fraccionar en dos solares, cuyos frentes no
superan los mínimos establecidos en el Decreto Nº 27/95, ya que los mismos
cuentan con 11,84 metros y 11,52 metros respectivamente, cuando lo previsto
para las zonas III y IV es un ancho no menor a 12 metros.-
CONSIDERANDO:
Que el Art. 14 del Decreto Nº 27/95, prevé que se puede realizar una reducción
de hasta 20% como excepción, con la cual los solares proyectados quedarían
encuadrados dentro de las zonas III y IV tal como lo establece el decreto.-
ATENTO:
A lo expuesto y a lo dispuesto en la ley 10.723 (de Centros Poblados), y al
informe favorable de la Comisión de Transporte y Obras Públicas de fecha
15/04/05,
LA
JUNTA DEPARTAMENTAL
DECRETA:
ARTICULO
1º) Apruébese por excepción el
fraccionamiento del padrón Nº 6322 propiedad del Sr. Pedro Orga
en dos solares, de acuerdo al plano efectuado por el Ing. Agr. César
Vesperoni.-
ARTICULO
2º) Pase a la Intendencia Municipal a sus efectos, comuníquese, publíquese,
etc.
SALA
DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE ABRIL
DEL AÑO DOS MIL CINCO.
Nota:
Este Decreto fue aprobado por 12 votos.-
RUBEN ELOSEGUI RAMON DA SILVA
ALMENAR
Secretario Presidente