DECRETO Nº 02/2007.-
VISTO: El oficio N° 078/07 de
fecha 11/05/07 remitido por la Intendencia Departamental solicitando anuencia para exonerar del
pago de la segunda cuota de impuesto de Contribución Inmobiliaria a los
damnificados por las inundaciones en el Departamento.-
RESULTANDO: Que por
Resolución Nº 09/2007 de la Junta Departamental en
Sesión Extraordinaria realizada el día 7 de mayo del corriente,
ante la catástrofe ocasionada por las inundaciones, se le solicito al
Sr. Intendente la posibilidad de
instrumentar dicha exoneración.
CONSIDERANDO: Que a los
efectos de la mencionada exoneración se tomará como referencia el
plano confeccionado luego de la última creciente.
ATENTO: A lo anteriormente expuesto
LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN
SESIÓN DEL DIA DE LA FECHA:
DECRETA:
ARTICULO
1º) Concédase anuencia a la Intendencia Departamental para la
exoneración del pago de la segunda cuota de Contribución
Inmobiliaria a los damnificados por la inundaciones en el Departamento.-
ARTICULO 2º) Se deberá tomar
como referencia a los efectos de la exoneración brindada el plano
confeccionado luego de la última creciente.-
ARTICULO
3º) Pase a la Intendencia Departamental a sus efectos, comuníquese,
etc.-
SALA DE
SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL A LOS VEINTITRÉS DÍAS DEL MES
DE MAYO DEL AÑO DOS MIL SIETE.-
NOTA: Este
Decreto fue aprobado por unanimidad
(28 en 28).
–
GUSTAVO DOMÍNGUEZ RUIZ
–
JOHN ACOSTA FERNANDEZ
–
SECRETARIO
PRESIDENTE