DECRETO  Nº 02/2007.-

 

VISTO: El oficio 078/07 de fecha 11/05/07 remitido por la Intendencia Departamental  solicitando anuencia para exonerar del pago de la segunda cuota de impuesto de Contribución Inmobiliaria a los damnificados por las inundaciones en el Departamento.-

 

RESULTANDO: Que por  Resolución Nº 09/2007 de la Junta Departamental en Sesión Extraordinaria realizada el día 7 de mayo del corriente, ante la catástrofe ocasionada por las inundaciones, se le solicito al Sr. Intendente  la posibilidad de instrumentar dicha exoneración.

 

 CONSIDERANDO: Que a los efectos de la mencionada exoneración se tomará como referencia el plano confeccionado luego de la última creciente.

 

ATENTO: A lo anteriormente expuesto

 

 LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DEL DIA DE LA FECHA:

 

DECRETA:

 

 ARTICULO 1º) Concédase anuencia a la Intendencia Departamental para la exoneración del pago de la segunda cuota de Contribución Inmobiliaria a los damnificados por la inundaciones en el Departamento.-

 

 ARTICULO 2º) Se deberá tomar como referencia a los efectos de la exoneración brindada el plano confeccionado luego de la última creciente.-

 

ARTICULO 3º) Pase a la Intendencia Departamental a sus efectos, comuníquese, etc.-

 

SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL A LOS VEINTITRÉS DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL SIETE.-

 

NOTA: Este Decreto fue aprobado por  unanimidad (28 en 28).

 

 

         GUSTAVO DOMÍNGUEZ RUIZ –            JOHN ACOSTA FERNANDEZ

                      SECRETARIO                                                                 PRESIDENTE