DECRETO Nº 17/2008
VISTO: El expediente Municipal Nº 2633/08 de fecha 28 de agosto, referente a la expropiación, padrones 3495, y fracción del padrón 5865, con destino a relleno sanitario.-
RESULTANDO: Que por resolución de la Intendencia 1394/08 de fecha 20 de agosto , en su punto a) manifiesta razones de necesidad y utilidad pública la expropiación de los bienes inmuebles , los padrones urbano 3495 y una fracción contigua del padrón rural 5865 y en su parte b) expresa la urgente toma de posesión de dichos bienes.-
CONSIDERANDO 1): Lo dispuesto por el Art. 35 y 275, inc. 7 de la Constitución, Art. 35, numeral 35 de la ley 9.5l5, 3.958 en especial art. 42 en la redacción dada por el art. 224 de la ley 17.930.-
CONSIDERANDO 2) Que dada la emergencia vivida por las inundaciones del año 2007, el Gobierno Central la OPP y el Programa de Unidad de Desarrollo Municipal , con financiamiento del BID, han impulsado la consolidación de un nuevo y adecuado sitio de disposición final de los residuos sólidos urbanos, a través de la modalidad de relleno sanitario.-
ATENTO: a lo expuesto y a las disposiciones vigentes
LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DEL DIA DE LA FECHA
DECRETA:
ARTICULO 1º) Conceder anuencia a la Intendencia Departamental, por razones de necesidad y utilidad pública para expropiar los padrones y tomar urgente posesión de los siguientes bienes inmuebles:
a) Padrón urbano 3495 de esta ciudad.-
b) Fracción de campo contigua , empadronada en mayor área con el Nº 5865, con una superficie de 16 Hectáreas 4.202 metros cuadrados, indicada en el plano del Agrimensor César Vesperoni, inscripto el 4 de setiembre de 2008, con el Nº 9043, en la Oficina Departamental de Catastro.-
ARTICULO 2º) Pase a la Intendencia Departamental a sus efectos.-
SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE TREINTA Y TRES, A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL OCHOS.-
Nota: Este Decreto fue aprobado por 16 en 25 presentes)
ALICIA MUÑOZ BENTOS JOHN ACOSTA FERNÁNDEZ
Enc. de Secretaría Presidente